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La Fiscalía y la Abogacía del Estado abogan por amnistiar a Puigdemont

Apoyan que el Constitucional le ampare por la decisión del Supremo de no amnistiar la malversación del ‘procés’

La Fiscalía y la Abogacía General del Estado piden al Tribunal Constitucional que estime el recurso de amparo presentado por el expresidente catalán Carles Puigdemont contra la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiarle el delito de malversación que se le imputa por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

De esta forma, tanto Fiscalía como Abogacía se alinean con las pretensiones de Puigdemont, que son las mismas que las del ex vicepresidente Oriol Junqueras y los ex consejeros Jordi Turull, Dolors Bassa, Raül Romeva, Lluís Puig y Antoni Comín, a quienes el Supremo también se ha negado a amnistiar por idénticas razones.

En su informe, al que ha tenido acceso EL PAÍS, la Abogacía considera que se ha producido una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de Puigdemont porque el Supremo hizo una interpretación “irrazonable” de las excepciones que contempla la propia ley de amnistía.

El alto tribunal entendió que el caso de los líderes del procés, tanto de los prófugos como de los condenados, recaía en dos de las salvedades que recoge la ley para no aplicarla: la existencia de “un enriquecimiento personal o beneficio patrimonial” y la afectación a los intereses financieros de la UE. Respecto a lo primero, el Supremo adujo que el hecho de que los dirigentes independentistas no tuvieran que pagar de su bolsillo el coste del 1-O, sino que usaran dinero público, les supuso un beneficio patrimonial en forma de ahorro. En cuanto a la segunda cuestión, los magistrados argumentaron que una eventual secesión de Cataluña habría mermado los ingresos que la UE recibe por parte de España.

La Abogacía sostiene que el Supremo llevó su interpretación de la ley a un extremo irracional porque “el claro propósito” de la norma es “amnistiar el delito de malversación” cometido en el marco del procés. La Fiscalía se pronuncia en el mismo sentido, según ha avanzado El Español y han confirmado fuentes jurídicas a este periódico.

Ambas instituciones se mostraron a favor de aplicar la amnistía a los líderes independentistas en los trámites ante el Supremo para decidir si se les podía aplicar la ley. La Abogacía se apoya en ese alegato y en el voto particular emitido por Ana Ferrer, que se desmarcó de la mayoría del tribunal y apoyó la amnistía a los condenados por el 1-O. La magistrada progresista aludió también al “inequívoco propósito legislativo de amnistiar la aplicación de fondos públicos a la celebración de los referéndums que tuvieron lugar en Cataluña en los años 2014 y 2017 y, con carácter general, todos los gastos asumidos por el erario público, siempre que buscaran hacer realidad lo que el legislador denomina ‘el proceso independentista catalán’“. Para la togada, solo cabía excluir los casos en los que en el curso del mismo hubieran podido producirse desviaciones hacia supuestos de corrupción personal".

La Abogacía considera que el Supremo ha excedido su margen de interpretación de las leyes hasta llegar a redefinir el concepto de enriquecimiento personal, vulnerando con ello el principio general de que la aplicación del ordenamiento debe ser previsible para dar seguridad jurídica.

En la misma línea se pronuncia sobre la supuesta afectación a los intereses financieros de la UE, exponiendo que, si el propio Supremo estableció en la sentencia del procés que “la integridad territorial de Estado español no se puso en riesgo real”, ahora no puede afirmar “que sí concurrió una afectación potencial del presupuesto de la UE”. “Lo que nunca llegó a existir, ni en el terreno de la hipótesis, lo que se configura como una mera ensoñación, no puede ser causante de nada, ni siquiera de una amenaza grave o intento frustrado”, sostienen los servicios jurídicos del Estado.

Además, explican que la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva que estiman que ha sufrido Puigdemont es de tal gravedad que hace innecesario analizar las supuestas violaciones de otros 11 derechos fundamentales que alega.

Estos informes forman parte del proceso de tramitación del recurso de amparo de Puigdemont. Una vez recibidos, el Constitucional tendrá que decidir si sigue su criterio o se desmarca de cara a emitir su fallo. Junqueras y los demás líderes independentistas también aguardan la decisión de la corte de garantías. Los demandantes pidieron al tribunal que les levantara cautelarmente la órdenes de detención y las penas de inhabilitación que pesan en su contra, pero los magistrados lo rechazaron porque supondría adelantar el fallo de esta ristra de impugnaciones.

Fuentes jurídicas indican que el Constitucional, que ya avaló la amnistía el pasado junio, está a la espera de que el Tribunal de Justicia de la UE emita su primera sentencia sobre la ley para resolver los amparos. El abogado general de la UE, el luxemburgués Dean Spielmann, emitió el pasado noviembre sus conclusiones sobre dos de las cuatro cuestiones prejudiciales remitidas desde España, las relativas a la responsabilidad contable por los gastos del 1-O y a los altercados provocados por Tsunami Democrátic. El letrado respaldó la ley al descartar una “autoamnistía” y afectación alguna a los intereses financieros de la UE, aunque al mismo tiempo apreció vulneraciones menores del derecho comunitario. De esta forma, despejó el camino para el perdón a Puigdemont, Junqueras y el resto de los líderes del procés.

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