Claves | ¿Pueden votar los inmigrantes regularizados? ¿Y los nacionalizados? ¿Y los nietos de exiliados?
La polémica bulle en redes sociales y en voces de la derecha después del anuncio del Real Decreto pactado por el Gobierno y Podemos


La decisión del Gobierno para la regularización extraordinaria de inmigrantes ha hecho bullir las redes sociales en las últimas horas con una derivada política: la medida se ha adoptado en parte para engordar el censo electoral y captar a esos nuevos votantes. Con esa tesis comulga y empuja Vox y a la misma se han sumado también voces del PP. Pero, ¿cómo funciona realmente el sistema? ¿Pueden votar los regularizados? ¿Y los nacionalizados? ¿Y los nacionalizados a través del mecanismo que articula la ley de Memoria de 2022? Aquí algunas claves.
Lo primero que hay que tomar como punto de partida es el artículo 2 de la Constitución —“el derecho de sufragio corresponde a los españoles mayores de edad...“—. Es decir, a los nacionales, no a los residentes legales de origen extranjero. Además, hay que indagar en el desarrollo de ese derecho a través de distintas normas, principalmente la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
Regularizados. No pueden votar. Salvo municipales con determinados requisitos. De la LOREG se deriva que los inmigrantes con residencia legal —la que adquirirán los extranjeros regularizados con el Real Decreto impulsado ahora— no pueden votar en las elecciones generales. Tampoco en los comicios autonómicos.
Dejando al margen el caso de los ciudadanos europeos, el artículo 176 de dicha ley establece que los inmigrantes con residencia legal sí pueden votar en las elecciones municipales. Pero solo cuando cumplan unas condiciones concretas. En general, y conforme a los requisitos que recoge el Ministerio de Interior, para poder votar en los comicios locales los inmigrantes con residencia legal tienen que haber vivido ininterrumpidamente en España al menos cinco años, tener convenio de reciprocidad con el respectivo país de origen, estar empadronado en el municipio en cuestión e inscritos en su censo.
En las urnas municipales de 2023, los países con acuerdo de reciprocidad eran Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago residentes en España (en cuanto a Reino Unido y a Noruega, el requisito de residencia mínimo baja a tres años; mientras que no se exige la condición temporal para Nueva Zelanda).
Nacionalizados. Todos aquellos con nacionalidad española mayores de edad —siempre que no pese sobre ellos una pena de inhabilitación para el sufragio activo— pueden ejercer el derecho al voto. El quid de la cuestión aquí es cuánto tiempo se tarda en adquirir esa nacionalidad. Y, por ende, poder votar ya sí en todas las elecciones a todos los efectos.
Según el artículo 22 del Código Civil, para adquirir la nacionalidad hay que cumplir —en lo que a la residencia legal se refiere— un plazo mínimo de 10 años con carácter general y cinco para quienes hayan obtenido la condición de refugiado. Hay un tercer escenario, de un mínimo solo de dos años, cuando se trate de ciudadanos provenientes de países iberoamericanos o de Andorra, de Filipinas, de Guinea Ecuatorial, de Portugal o sefardíes. Los comicios generales a los que Pedro Sánchez pretende volver a presentarse serán, a priori, en 2027.
Nacionalizados por Ley de Memoria Democrática. La ley de Memoria Histórica de 2007, aprobada bajo el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, estableció unos criterios para que descendientes de exiliados o emigrantes españoles pudieran solicitar la nacionalidad española. Después, en 2022 y ya con el Ejecutivo de coalición de PSOE y Sumar, la ley de Memoria democrática (2022) amplió esos requisitos. Esas personas, una vez cursada y aprobada su petición de nacionalidad, y luego inscritos en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA), podrán votar como cualquier otro nacional español en las elecciones generales. No así en las municipales, porque no están adscritos a una localidad española.
El plazo definitivo, tras la correspondiente prórroga, para solicitar la nacionalidad por el proceso de la ley de Memoria Democrática se cerró el pasado 21 de octubre, con un alud de peticiones. En el inicio del pasado mes de diciembre, más de un millón de descendientes de exiliados o emigrantes españoles habían tramitado ya su solicitud para obtener la nacionalidad al amparo de la ley de Memoria Democrática de 2022 en la red consular del Ministerio de Asuntos Exteriores, mientras que 1,3 millones más habían pedido cita para entregar su documentación. A 1 de diciembre de 2025, del millón de expedientes iniciados, aproximadamente la mitad habían sido ya resueltos con la concesión de la nacionalidad, aunque muchos estaban pendientes de que se formalizase la inscripción, mientras que las denegaciones no llegaban al 2% del total.
Sobre el voto de los latinoamericanos en España, Carles Pemies, profesor de Ciencia Política en la UNED, indica que “votan mayoritariamente a la izquierda, salvo venezolanos y cubanos”. El análisis en profundidad de esas tendencias fue desarrollado por Pemies y otros colegas en la revista especializada American Behavioral Scientist. “Las leyes son las que son y los procesos de regularización hay ahora y ha habido en el pasado y eso no cambia la forma en de cómo se nacionaliza o se vota”, subraya este experto.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.




























































