Claves del procesamiento del fiscal general: cuáles son ahora los siguientes pasos
La última resolución del Supremo, que deja a un paso del banquillo a García Ortiz, ya no puede ser impugnada


El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, está a un paso de sentarse en el banquillo de los acusados por un delito de revelación de secretos. La Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso que el jefe de la Fiscalía presentó contra la decisión del magistrado que ha instruido esta causa, Ángel Hurtado, de proponer llevarle a juicio por, presuntamente, facilitar a medios de comunicación un correo electrónico vinculado al empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso (PP), procesado por fraude fiscal.
La causa, que se inició en octubre de 2024, se centra en la filtración de un correo electrónico, con fecha del 2 de febrero de 2024, en el que el abogado de González Amador remitió a la Fiscalía ofreciendo un reconocimiento de delitos fiscales a cambio de cerrar un pacto de conformidad. También se ha analizado una nota de prensa que la fiscal de Madrid remitió la noche del 13 de marzo de 2024 a su jefe, con la que, a la mañana siguiente, el ministerio público desmintió el bulo que estaba lanzando el entorno de la presidenta madrileña de que la iniciativa de acuerdo había partido de la Fiscalía.
La Sala, compuesta por tres magistrados de la Sala de lo Penal, ha confirmado este martes el criterio del instructor de que existen suficientes indicios para juzgar a García Ortiz, situando cada vez más cerca del banquillo a un fiscal general del Estado, por primera vez en la historia de España. La decisión ha sido adoptada por los magistrados Julián Sánchez Melgar y Eduardo de Porres, mientras que Andrés Palomo ha emitido un voto particular en contra. No obstante, los tres magistrados han acordado por unanimidad estimar el recurso de la fiscal jefa provincial del Madrid, Pilar Rodríguez (que también estaba encausada), archivando el procedimiento para ella.
¿Qué diferencia hay con el auto dictado por el juez instructor? El magistrado Hurtado dictó el pasado 9 de junio el auto de procedimiento abreviado por el que puso fin a la investigación y señaló los indicios que existían contra García Ortiz y Rodríguez para llevarles a juicio. De este modo, se abría una fase intermedia entre la investigación y la eventual vista oral por la que emplazó a las acusaciones a formular sus conclusiones provisionales o a solicitar el archivo de la causa.
Contra el auto de procedimiento abreviado sí cabe recurso. Son estos (los planteados por el fiscal general y la jefa provincial de Madrid) los que acaba de resolver la Sala de Apelaciones que, salvo algunas puntualizaciones, ha ratificado la mayoría de los argumentos del instructor. Sin embargo, esta última resolución (la que confirma el procesamiento) no puede ser impugnada, por lo que García Ortiz está abocado a ser juzgado por revelación de secretos.
¿Cuáles son los siguientes pasos? Debido a que esta resolución no puede ser impugnada, García Ortiz está abocado a ser juzgado. La única posibilidad para no afrontar el juicio es que ninguna acusación se dirija contra él. No obstante, este escenario queda prácticamente descartado, puesto que las acusaciones ya han solicitado condena (que tendrá que ser elevada a definitivas tras la celebración de la vista oral) contra el fiscal general: la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) ha planteado una pena de seis años de prisión; mientras que el empresario Alberto González Amador, así como Manos Limpias, Foro Libertad y Alternativa (que además asume la dirección letrada de Vox y Hazte Oír) han pedido cuatro años de cárcel cada uno de ellos.
¿Cuándo se celebrará el juicio? Por el momento, no hay fecha para la celebración de la vista oral, si bien se prevé que se celebre en los próximos meses, independientemente de que el fiscal general decida o no dimitir antes de que empiece. Para ello, el juez Hurtado, que ya cuenta con el aval de la Sala de Apelaciones, debe revisar las cuestiones planteadas por las acusaciones, así como las peticiones de condena, y comprobar que todo encaja según lo previsto en la ley.
Tras ello, el juez instructor dictará el denominado auto de apertura de juicio oral, que no es recurrible y pondrá en marcha la preparación de la celebración de la vista. En esa resolución, el magistrado indicará los hechos concretos que se atribuyen a García Ortiz y por los que será juzgados.
Juicio y sentencia. Será la primera vez que un fiscal general del Estado se siente en el banquillo de los acusados, salvo que presente su dimisión antes de esa fecha. Independientemente de que lo haga o no, el proceso seguirá adelante y el competente para celebrar el juicio será el Tribunal Supremo, ya que los fiscales están aforados ante el alto tribunal.
La Sala de lo Penal será la que determine si la actuación de García Ortiz fue irregular, como indica el juez instructor y consideran las acusaciones, y qué condenas le corresponde cumplir por ello (si se queda en una inhabilitación o escala a una pena de prisión), o si entra dentro de la legalidad y la información difundida no contenía ningún secreto, como defiende el fiscal general, y resulta absuelto.
La sentencia del Tribunal Supremo que se dicte entonces es firme, es decir, no cabe recurso contra ella, si bien sí podrá ser impugnada ante el Tribunal Constitucional en amparo por vulneración de derechos fundamentales. Para ello, previamente, se debe cumplir el requisito legal de presentar un incidente de nulidad (que suelen ser rechazados prácticamente en su totalidad), con el que el alto tribunal volvería a pronunciarse sobre la cuestión, aunque centrada en posibles vulneraciones.
¿Puede García Ortiz seguir en el cargo? El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) prevé la suspensión de empleo y sueldo para los fiscales contra los se haya dictado auto de procesamiento (el equivalente al de pase de procedimiento abreviado dictado en en junio por Ángel Hurtado), si bien García Ortiz, que siempre ha defendido su inocencia, está fuera de la carrera mientras sea fiscal general, ya que se encuentra en servicios especiales tras su nombramiento, por lo que, según fuentes fiscales, no se le aplica el Estatuto.
La presión para que García Ortiz dimita cada vez es mayor, procedente tanto desde la oposición política como de amplios sectores de las carreras judicial y fiscal. En cambio, La Moncloa mantiene su respaldo al fiscal general.
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