El Supremo rechaza que se revise la pena de cárcel de Rosa Peral en el caso del ‘crimen de la Guardia Urbana’
La defensa de la exagente solicitó un recurso de revisión de la sentencia después de que el otro condenado confesara ser coautor del asesinato


Nuevo capítulo en el caso del Crimen de la Guardia Urbana. La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha denegado la autorización de la defensa de la exagente Rosa Peral para interponer un recurso de revisión a su condena, de 25 años de cárcel, por asesinar en 2017 a su pareja y también miembro de la Guardia Urbana de Barcelona, Pedro Rodríguez, en la capital catalana. El recurso de la defensa de Peral se fundamentaba en la última declaración del exagente Albert López, amante de Peral, hasta ahora coautor del asesinato y condenado a 20 años de cárcel. López ha reconocido recientemente ante la Administración penitenciaria su responsabilidad como autor del crimen. La defensa de la condenada afirma que este testimonio es un hecho nuevo, por lo que solicitó presentar un recurso: “[Esta confesión] constituye un elemento probatorio nuevo y determinante que, de haber permitido la absolución o la imposición de una pena menos grave”.
Pero el Supremo no lo ha valorado así. En un auto, firmado este miércoles, la Sala explica que la utilización del “recurso de revisión” es “excepcional, al tener por objeto la renovación de sentencias firmes y atentar por ello al principio de cosa juzgada”. Por lo que este se aplica cuando hay “inculpabilidad de aquellas personas que han sido condenadas con notoria equivocación o error”. Y lo resuelve apoyándose en el informe del fiscal del caso: “La declaración [de López] se efectúa por una persona condenada que no añade nada en su declaración a los hechos que la sentencia condenatoria proclama como probados. Se limita a reconocer la realidad de lo declarado probado por el jurado”.
Del mismo modo, añade que este nuevo testimonio “no exculpa a la ahora recurrente”, sino que “mantiene, como hizo durante el proceso, que ella intervino en todas las fases de ejecución delictiva” y que, incluso si “hipotéticamente hubiera exculpado a la recurrente”, se necesitarían más elementos que permitieran “contradecir las restantes pruebas” que se presentaron durante el proceso “para abrir de nuevo un juicio”.
El auto, ponencia del magistrado Manuel Marchena, expone que López ha dado ese testimonio varios años después de haber sido condenado “y tras un dilatado período de tiempo ingresado en prisión”, y que ha expresado “la asunción de responsabilidad en la comisión delictiva como requisito importante para poder comenzar a obtener beneficios penitenciarios o pasos progresivos en su tratamiento penitenciario”.
La Sala concluye así que no existe un hecho nuevo para autorizar la presentación de un recurso de revisión: “El reconocimiento por Albert López de su participación en el asesinato de Pedro, justificado años después de su ejecución por la necesidad de demostrar su reencuentro con el ordenamiento jurídico violentado por su acción, no afecta en absoluto a Rosa Peral”.
Una investigación mediática
El móvil del Crimen de la Guardia Urbana gira en torno a un triángulo amoroso entre Rosa Peral, su pareja Pedro Rodríguez y su amante, Albert López. Los tres eran agentes de la Guardia Urbana. Los hechos ocurrieron la madrugada del 1 al 2 de mayo de 2017 en Vilanova i la Geltrú (Barcelona), en la vivienda que compartían Peral y Rodríguez. Los amantes se confabularon para drogar a Rodríguez y asesinarle sin que opusiera resistencia.
Tras matarle, ambos introdujeron el cadáver en el maletero de un Volkswagen Golf, le prendieron fuego en una pista forestal del pantano de Foix y lo abandonaron. Pero las autoridades encontraron pruebas que incriminaron a ambos. El caso se volvió mediático y llenó durante meses la parrilla informativa.
Durante el juicio, los dos amantes se acusaron mutuamente: Peral a López por asesinar a su pareja por celos y López a Peral de haberle pedido ayuda tras quitarle a la vida a Rodríguez después de que este la agrediera.
Un jurado popular concluyó que los dos exagentes eran culpables de un delito de asesinato con alevosía. El magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona Enrique Rovira dictó 25 años de cárcel para Peral y 20 para López, y el pago de más de 800.000 euros de indemnización a la familia de la víctima. El caso se recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y el Supremo, que confirmó las penas en 2021.
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