Los impuestos de la Iglesia
Mientras va aumentando el número de personas e instituciones que consideran necesario que la Iglesia católica pague los mismos impuestos que cualquier otra entidad, no solo el IBI, la propia Iglesia y los que la defienden argumentan que no es posible porque existe un Concordato firmado con el Estado del Vaticano por el Estado español que compromete a este como cualquier otro acuerdo de derecho internacional.
Pero como no es lo mismo Iglesia católica que Estado del Vaticano, propongo como solución al dilema planteado, que el Estado español deje de reconocer a un Estado ficticio y, de esa manera, quedaría libre de los compromisos internacionales adquiridos con él. A partir de ahí la Iglesia católica sería una más de las confesiones religiosas instaladas en España, sin más ni menos derechos y obligaciones.
No habría que cambiar la Constitución porque, una vez que la Iglesia católica quedara reducida simplemente al estatus de confesión religiosa, el Estado español podría establecer con ella, si lo considera conveniente, la forma de cooperación que creyere oportuna, como con las demás confesiones (tal como dice la Constitución), en función de las tareas que desarrolle en beneficio de la sociedad. Es decir, cualquier propiedad o negocio que proporcione beneficios a la Iglesia y/o que no proporcione beneficios a la sociedad estaría sujeto a las mismas obligaciones impositivas que los de las demás entidades o empresas, mientras que la Iglesia obtendría las correspondientes desgravaciones o ventajas fiscales por los servicios que preste a la sociedad como ocurre con las ONG, fundaciones, etcétera, que se ocupan de atender determinados ámbitos sociales.— Antonio Calvete.
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