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Una madre denuncia a España por no reconocerle el mismo permiso que a familias con dos progenitores

La mujer presenta una demanda al Tribunal Europeo de Derechos Humanos reclamando disfrutar de la baja por maternidad de 32 semanas en lugar de las 26 semanas que le reconoció el Constitucional

Una mujer con sus hijos en un parque.
Gorka R. Pérez

Una mujer ha denunciado a España ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por vulnerar el derecho de su hijo a que esta reciba los mismos beneficios y prestaciones que si se tratase de una familia con dos progenitores. Esto es, a una baja laboral remunerada y exenta de tributación de 32 semanas (16 por cada uno), y no a una máxima de 26 (16 y 10), como avaló el Tribunal Constitucional. Se trata de la primera demanda contra el Estado español por esta cuestión, y se ampara en que la legislación española ―que no recoge esta fórmula de diversidad familiar―, vulnera el artículo 8 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.

La mujer, una madre vasca de un niño nacido en 2021, ha estado acompañada en todo este proceso por la Asociación de Madres Solteras Por Elección (MSPE), que desde el nacimiento del niño viene reclamando la ampliación del límite de 26 a 32 semanas por considerarlo discriminatorio. “Las familias monoparentales, en su inmensa mayoría constituidas por mujeres, vienen sufriendo históricamente una situación de discriminación jurídica derivada de un ordenamiento para el que no existían como realidad jurídica autónoma. Si bien socialmente se impone el reconocimiento de la diversidad familiar, la inercia jurídica se mantiene agravando las dificultades a las que estas familias se enfrentan cada día”, señalan desde MSPE.

Pese a que en febrero de este año el Tribunal Constitucional estimó parcialmente su reclamación, la afectada ha decidido escalar y trasladar su reclamación a la justicia europea. En ella destaca que, pese a que el Constitucional, en una sentencia de noviembre de 2024, amplió el número de semanas de las 16 correspondientes a la madre ―la mayoría de las familias monoparentales están compuestas por mujeres― a 26, sumando otras 10 que corresponderían al segundo progenitor, esta resolución, que suple con una interpretación “provisional” la ausencia de una legislación específica al respecto, sigue resultando discriminatoria para las familias monomarentales. “Del mismo modo que el TC ha aceptado que la configuración como intransferible del permiso del otro progenitor es propia de una regulación enfocada en la biparentalidad que provoca discriminación, la determinación temporal del disfrute de las seis semanas (restantes) se debe a la misma causa”, denuncian desde MSPE.

En la demanda se recogen otros pronunciamientos judiciales en España que se produjeron antes del fallo del Constitucional y que refuerzan el argumento en favor de la discriminación, como el de un padre al que le concedieron las 16 semanas de permiso tras reconocérsele la paternidad después de que el menor cumpliera 12 meses.

Más allá de recortar el tiempo de permiso, la denuncia de la afectada también versa sobre el perjuicio económico que representa tal recorte, puesto que la prestación por paternidad se considera renta exenta de tributación, por lo que el tiempo de beneficio económico es sustancialmente inferior. “La denegación de las 6 semanas supone una discriminación económica de las madres y los hijos nacidos en familias monoparentales en un momento de máxima vulnerabilidad en el que, ante la imposibilidad de corresponsabilidad, han de proveerse, en último término, en el mercado, del apoyo en los cuidados que necesitan”, alertan desde MSPE.

Futuras mejoras

Tras esta denuncia, el pronunciamiento final sobre esta situación vuelve al tejado de la justicia europea después de que, en mayo del año pasado, un juzgado de Sevilla elevase una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que no entró en materia argumentando que la directiva comunitaria de conciliación de la vida familiar y profesional no regula la posible ampliación de este permiso en los casos de familias monoparentales, y devolviera la pelota a los tribunales españoles. Meses después el Constitucional consolidó su doctrina.

La base fundamental de la reclamación se sustenta, según detallan desde MSPE, en “la aplicación del interés superior del menor como criterio decisor y en la interdicción de la discriminación por nacimiento, así como por sexo, dada la gran mayoría de familias monoparentales conformadas por mujeres”.

Por el momento se desconocen los tiempos en los que se resolverá esta denuncia. Sin embargo, y pese a que TEDH trasladó a España la responsabilidad de resolver esta situación, según fuentes conocedoras de ese proceso, el Gobierno sí está trabajando en mejoras para las familias monoparentales, aunque estas no tienen por qué traducirse necesariamente en duplicar el permiso por nacimiento.

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Sobre la firma

Gorka R. Pérez
Es redactor de la sección de Economía y está especializado en temas laborales. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS. Antes trabajó en Cadena Ser. Es licenciado en Periodismo por la Universidad del País Vasco y Máster en Información Económica de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
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