Condenados Santander y BBVA por vender subordinadas de Eroski y Fagor
Las entidades deberán devolver más de 150.000 euros a sus clientes
El pleno de la Sección Tercera de la Audiencia de Navarra, compuesto por sus cinco magistrados, ha dictado dos sentencias que condenan a Banco Santander y BBVA por la contratación por parte de unos clientes de aportaciones financieras subordinadas de Fagor y Eroski. En concreto, el Banco Santander deberá devolver a los clientes 107.030,56 euros y el BBVA, 49.825, según se determina en las sentencias, que pueden ser recurridas.
El primer auto resuelve un recurso de apelación presentado por dos hermanos, en nombre de sus padres, contra la sentencia que desestimó su demanda, en la que solicitaban la nulidad de la orden de compra al Santander de aportaciones financieras subordinadas de Fagor por importe de 176.325 euros, más el interés legal del dinero desde su entrega a la entidad el 13 de julio de 2006.
Los rendimientos obtenidos por las participaciones ascienden a 69.294,44 euros. Los magistrados señalan en la sentencia que en este caso no consta que padres de los recurrentes tuvieran una comprensión real de las características y riesgos de las participaciones subordinadas y tampoco se ha acreditado que hubieran recibido una información adecuada sobre los riesgos de la inversión.
Ni siquiera consta que los empleados del banco hubieran proporcionado a los padres de los recurrentes la información sobre los riesgos de la inversión con la suficiente antelación, al hacerles la presentación del producto.
Los empleados, se indica en la sentencia, les entregaron documentos informativos, pero "no una advertencia clara y comprensible de la posibilidad de su pérdida que se acomodara al nivel cultural" de los padres de los recurrentes, que tampoco tenían un perfil de "inversores expertos". Por ello, se estima parcialmente el recurso y se condena al banco a devolver la cantidad aportada de 176.325 euros, más el interés legal generado, y a los demandantes a devolver a la entidad financiera las participaciones y los 69.294,44 euros de los rendimientos generados, más el interés legal.
En el segundo auto, se analiza un recurso del BBVA contra la sentencia de un juzgado de Tafalla en la que se estimó parcialmente la demanda de dos personas a las que la entidad financiera tuvo que devolver 49.825 euros, más el interés legal, aunque se reintegró al banco los rendimientos generados por las subordinadas de Eroski. La sentencia declaraba la nulidad de las órdenes de compra de subordinadas realizadas el 27 de junio de 2012 y 23 de mayo de 2008.
En este caso, los magistrados condenan al banco a la devolución de los 49.825 euros aportados para la compra de subordinadas, aunque deja sin efecto la condena a pagar el interés legal desde la fecha de presentación de la demanda.
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