El Supremo remite a la vía civil las indemnizaciones contra los Albertos por el caso Urbanor
El alto tribunal absuelve a Alberto Cortina y Alberto Alcocer al adoptar la doctrina del Constitucional sobre prescripción del delito
El Pleno de la Sala Penal del Tribunal Supremo ha acordado por mayoría de 11 a 7 absolver a los acusados Alberto Cortina y Alberto Alcocer, los Albertos, de los delitos de estafa y falsedad por los que fueron condenados por el caso Urbanor en una sentencia del Supremo revocada por el Tribunal Constitucional. El alto tribunal remite a la vía civil a los socios minoritarios de la empresa para que reclamen las indemnizaciones.
Con esta decisión, el Pleno del Supremo acomoda su sentencia a la del Constitucional, declara las costas de oficio y deja expedita la vía civil para efectuar por los posibles estafados, socios minoritarios de Urbanor, las reclamaciones que consideren pertinentes.
El Supremo consideró el 14 de marzo de 2003 que los Albertos engañaron a sus socios al negociar la venta del conjunto de Urbanor, propietaria de los terrenos donde se construyeron las Torres KIO, en Madrid, pero el Constitucional anuló el pasado mes de febrero la sentencia que los condenaba a tres años y cuatro meses de prisión por falsedad en documento mercantil en la venta de la sociedad, al entender que el delito había prescrito.
El pasado 16 de mayo, el titular del Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid, Juan Javier Pérez Pérez, dictó un auto de apertura de juicio oral contra los Albertos por una presunta carta falsa utilizada para incriminar a sus socios y esquivar su condena ante el Constitucional.
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