Mejor no tocarlo
EL PORTAVOZ del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) matizó ayer su propuesta de restablecer el delito de desacato, eliminado del Código Penal hace sólo dos años: no se trataría de volver al viejo precepto, sino de encontrar una alternativa que evite la impunidad con que son insultados los jueces. Ciertamente, basta escuchar algunas tertulias radiofónicas y leer determinados periódicos para deducir que existe una impunidad de hecho de ciertas personas -a veces jueces en ejercicio-, cuya barroca verbosidad se sublima en la injuria. Pero no sólo contra los jueces y magistrados, sino también contra políticos, periodistas o particulares que no sean de su cuerda. Por eso, la peor solución al problema sería restablecer una sobreprotección especial que ampare a los miembros del poder judicial.El desacato es uno de los "delitos contra la autoridad" del código de 1870, endurecido durante el franquismo. Castigaba las injurias, insultos o calumnias contra cualquier autoridad. Se trataba claramente de un dique -preventivo y represivo- contra las críticas de los ciudadanos. Con la restauración de la democracia perdió virtualidad en lo referente a los poderes legislativo y ejecutivo, pero siguió siendo invocado por el judicial, especialmente frente a las críticas de periodistas y políticos. Pese a su solemne justificación por altos principios morales, se convirtió de hecho en un privilegio de los jueces. El nuevo código lo eliminó como delito específico. Los jueces que se . sientan injuriados o calumniados podrán querellarse contra su ofensor como cualquier otro ciudadano: en defensa de su honor, y no, como antes, del desnudo principio de autoridad. Volver a considerar que los jueces tienen derecho a una protección especial sería un paso atrás en el terreno de las libertades. Y una mala solución.
Sería deseable que los encargados por oficio de administrar justicia -de zanjar conflictos- gozaran de una credibilidad superior. Así ocurre en algunos países. Pero ese prestigio no podrá ser el resultado de la prohibición de la crítica, sino de una experiencia que avale el prejuicio favorable. El corporativismo que impide sancionar a jueces venales o caprichosos no trabaja precisamente en favor de ese aval; tampoco la obsesión por figurar. La discreción es un valor inherente a la función jurisdiccional. Las asociaciones de jueces ofrecen un cauce no estridente para la participación social y la defensa de los intereses profesionales. Lo otro, la creación de bandos de jueces con sus correspondientes medios de comunicación incondicionales, está dañando gravemente la credibilidad de esa profesión.
E, Consejo está obligado a, defender la independencia de los jueces, no sus caprichos o bellaquerías. Al invocar la vuelta del delito de desacato, aunque sea aligerado, se está poniendo en el mismo, plano la crítica fundada y la descalificación injusta. Por eso, más vale que dejen el código como está y que sea cada juez particular quien defienda su honor si se considera injustamente atacado.
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