Los responsables de revisar un ascensor pagarán 23 millones a un accidentado
¿Quién debe indemnizar al usuario de un ascensor que resulta lesionado al caérsele encima la puerta de ese aparato? El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Bilbao a la empresa Zardoya Otis, SA, responsable de la revisión del elevador; al operario encargado de la misma, Pablo Quintana, y a la compañía New Hamsphire, SA, aseguradora del siniestro en el que resultó lesionado el demandante.Los tres condenados deberán indemnizar solidariamente con 23 millones de pesetas al usuario sobre el que cayó el montacargas, tras romperse el cable de sujeción de la puerta, cuando se disponía a cargar una mercancía. El propietario del edificio queda exculpado.
La Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo desestima el recurso de los tres condenados. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Almagro Nosete, avala los razonamientos de la audiencia de Bilbao y la aplicación de la más moderna doctrina, según la cual incumbe al autor del hecho -la empresa encargada del montacargas y su operario- acreditar que obró con la diligencia debida.
El Supremo recuerda que el ascensor se arregló después del accidente y estima que tal "opción técnica pudo y debió preverse con antelación".
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