Luz Casal, primer caso de la comisión de la ‘ley Sinde’
El órgano envía una notificación a la página suiza que aloja el contenido y a bajui.com, un sitio español que enlaza a ello


Es un álbum recopilatorio de Luz Casal. Contiene 15 canciones, tres inéditos y, a partir de ahora, también el primer caso llevado ante la Comisión de Propiedad Intelectual creada por la Ley Sinde. Resulta que la página uploaded.to ofrece la posibilidad de descargar, de forma supuestamente no autorizada, Un ramo de rosas, de la cantante española. De ahí que AGEDI (la asociación que reúne a las principales compañías discográficas) haya denunciado a la compañía titular del sitio. Y como bajui.com contiene un enlace a este contenido, la página web administrada por Juan José Coronel también ha recibido una notificación por parte de la comisión.
“Dicen que somos prestadores de un servicio de intermediación usado para que un tercero infrinja un derecho de propiedad intelectual”, asegura David Bravo, abogado especializado en derecho informático y, en este caso, defensor de Coronel. Lo que la comisión les comunica, básicamente, es que hay un caso abierto en el que podrían ser involucrados.
Primero, la Comisión, creada por la llamada ley Sinde para luchar contra posibles violaciones de los derechos de la propiedad intelectual en Internet, ha notificado la apertura del procedimiento a la compañía domiciliada en Suiza, la que aloja concretamente el contenido. A partir de entonces, la empresa tenía dos días para retirarlo de forma voluntaria o para presentar alegaciones. Aunque, según Bravo, “lo más probable es que ni se enteren de ello”.
“Seguramente la comisión establezca que el contenido está en esa web sin autorización. Cuando tenga una resolución que obligue a retirarlo, se dirigirá también a bajui.com para que haga otro tanto”, prevé los escenarios futuros Bravo. El abogado sostiene que la página web de su cliente no contará con una fase de alegaciones sino que simplemente tendrá entonces 48 horas para ejecutar la medida. Si no, puede ser sancionada con una multa de entre 150.000 y 600.000 euros, siempre según el abogado. Al ser un procedimiento administrativo sin embargo fuentes del Ministerio aseguran que en ningún caso puede haber multas. La única sanción posible es la retirada forzosa del contenido o el cierre de la página.
Otra controversia se halla en el después. “La comisión exige que en el futuro retires posibles enlaces al mismo contenido. Pero en la realidad no se puede estar pendientes de todos los links que los usuarios van publicando en tu página. Y nuestras leyes tienen en cuenta que es de imposible cumplimiento y tan solo prevén la obligación de retirar el enlace que no sea autorizado”, defiende Bravo.
De hecho, el abogado asegura que tanto el Supremo como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya fallaron que una página de enlaces tiene obligación de retirar aquellos contenidos del que tengan conocimiento efectivo que lesiona derecho de tercero. “Y este conocimiento se produce cuando un órgano administrativo o el propio titular del derecho te avisan”, agrega Bravo. Desde luego un caso espinoso. Como un ramo de rosas.
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