Recurso contra la absolución del agresor de Armando
Pide una pena de tres años de cárcel por lesiones y no apela su absolución de desórdenes públicos


El Athletic, personado como acusación particular, ha recurrido la absolución del hincha del Real Betis que lanzó una botella contra su portero Armando Ribeiro, durante un partido, lo que le causó graves lesiones en un ojo y obligó a suspender el encuentro. El Athletic, en un recurso al que ha tenido acceso Efe, pide que el hincha absuelto, Carmelo P.R., de 42 años, sea condenado a tres años de cárcel por un delito de lesiones, aunque no recurre su absolución de otro delito de desórdenes públicos, por el que pidió inicialmente cuatro meses de prisión.
En octubre pasado, el juzgado penal 1 de Sevilla absolvió al hincha porque no tuvo intención de alcanzar al futbolista y porque los incidentes posteriores al desalojo del campo se debieron a otras decisiones en las que él no intervino.
Los incidentes ocurrieron durante un partido entre el Betis y el Athletic el 15 de marzo de 2008, cuando Armando fue alcanzado por una botella llena de agua y sufrió lesiones en un ojo que necesitaron tres puntos de sutura y de las que tardó en curar 73 días. El hincha, defendido por el letrado Alvaro Pimentel, fue absuelto porque no se demostró que tuviera la voluntad de alcanzar al portero, requisito para apreciar el delito de lesiones.
No lo entiende así el abogado del Athletic, Nazario de Oleaga, quien destaca en su recurso que el hincha bajó por la grada y aprovechó para lanzar la botella cuando Armando se había acercado a la grada para coger distancia y realizar un saque de puerta. "En estas condiciones, mal se puede concluir que el lanzamiento de la botella no supusiera un evidente peligro, y su impacto en el portero una lógica consecuencia".
Los incidentes ocurrieron en el partido Betis-Athletic, el 15 de marzo de 2008.
Según el club bilbaíno, Carmelo P.R. "actuó con conocimiento del peligro concreto que su acción generaba", del riesgo "altamente probable" de lesionar al portero, y su objetivo fue "atinar" contra Armando pues, en caso contrario, hubiese dirigido la botella hacia otro punto donde no hubiese jugadores.
Nazario de Oleaga, por otra parte, lamenta que sentencias como la recurrida "generan un caldo de cultivo que viene a dar patente de corso a actuaciones ciertamente delictivas, que ocasionan daños, y dar la sensación de que no se tomarán cartas en el asunto hasta que no ocurra una desgracia irreparable".
El estamento judicial -sostiene el recurso- debe hacer todo lo posible por condenar este tipo de conductas "con la finalidad de reeducación y de evitar actuaciones análogas, consecuencia de la impunidad que se trasluce de resoluciones como la recurrida".
El Athletic no recurre la absolución del hincha de un segundo delito de desórdenes públicos, por el que inicialmente pidió cuatro meses de cárcel.
El juez le absolvió de dicho delito porque los incidentes registrados tras el desalojo del estadio Villamarín fueron consecuencia de decisiones de otras personas como "el portero que decidió no continuar el partido, la autoridad competente que decidió el desalojo del estadio, y los aficionados que una vez fuera del mismo decidieron volver a entrar, de manera totalmente reprobable".
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