El modelo restaurativo de la JEP pone el trabajo comunitario por encima de la cárcel en Colombia
La justicia transicional emite su primera sentencia, contra el secretariado de las antiguas FARC. Exige acciones de desminado humanitario, búsqueda de desaparecidos y actos de reconocimiento con las víctimas

La Jurisdicción Especial para la Paz ha impuesto este martes su primera sanción contra los máximos responsables del conflicto armado en Colombia. La histórica sentencia contra excomandantes de las FARC pone fin a casi una década de investigaciones que buscan cerrar, al menos judicialmente, el capítulo de la guerra. El jueves se espera su decisión sobre los llamados falsos positivos del Ejército, también contra quienes han aceptado su responsabilidad, y también con una de las llamadas sanciones propias, hasta ocho años de participación obligatoria en proyectos que sirvan para reparar a las víctimas. Estas decisiones inauguran la etapa de las sanciones en una justicia transicional que prioriza esa reparación y la restauración de los daños ocurridos sobre los castigos usuales, como la cárcel y las multas.
El tribunal fue creado con la firma del Acuerdo de Paz con las FARC en 2016 y juzga los más graves crímenes de guerra y lesa humanidad cometidos durante medio siglo de conflicto armado. En ocho años de funcionamiento, ha abierto 11 macrocasos, y empieza a resolver los que tienen que ver con el secuestro por parte de la guerrilla que firmó el pacto y de los asesinatos de civiles conocidos como falsos positivos, cometidas por miembros del Ejército. Los otros grandes patrones de victimización que investiga son el reclutamiento de menores de edad, el genocidio contra el partido de izquierda Unión Patriótica, la violencia sexual, los delitos cometidos por militares, paramilitares y guerrilleros, y los crímenes cometidos en zonas álgidas del conflicto como el Urabá antioqueño, el Cauca, el Valle del Cauca y Nariño.
Las sanciones propias, alternativas y ordinarias
Aunque el sistema de justicia transicional prioriza las sanciones que reparen a las víctimas de la guerra y reparar los territorios donde se causó daño, hay condiciones que deben cumplir los comparecientes para no pisar la cárcel. La Jurisdicción puede imponer sanciones propias, alternativas y ordinarias. Las primeras son las más relevantes, porque eximen a los responsables de pagar prisión y, en su lugar, les imponen trabajos y actos reparativos para resarcir el daño. Para acceder a ellas, los responsables deben reconocer su responsabilidad en los crímenes cometidos y aportar verdades hasta ahora desconocidas en la justicia ordinaria.
Justamente, los siete miembros del antiguo secretariado de las FARC que han sido sancionados por cometer más de 21.000 secuestros, primero reconocieron su participación en el esquema criminal crimen y luego entregaron nueva información sobre casos específicos y patrones del delito que ayudaron a avanzar en la investigación y a darle más verdad a las víctimas. Durante los ocho años de sanción, deberán ejecutar proyectos restaurativos en cinco áreas, como la memoria y reparación simbólica, que incluye iniciativas como la instalación de artefactos conmemorativos, la participación en productos radiales o digitales, y la organización de espacios de perdón, diálogo y encuentros con víctimas.
En el caso de los altos mandos militares imputados por cometer ejecuciones extrajudiciales, solo 3 de los 17 han reconocido su responsabilidad. Los otros 14 han negado tajantemente que el asesinato de civiles a manos del Ejército fuera, en algún momento, un patrón. Esos oficiales pasaron a un juicio adversarial, un proceso más cercano a la justicia ordinaria porque existe una acusación y una defensa, y porque contempla penas que van hasta los 20 años de cárcel. Esas son las llamadas sanciones ordinarias, las más gravosas en esta justicia transicional. Son las que enfrentan militares de alto rango como el coronel retirado Publio Hernán Mejía o el exgeneral Mario Montoya, el más alto eslabón que ha sido investigado por la JEP en el delito de falsos positivos. Ellos están en etapa de juicio.
El tercer escenario, el intermedio y que hasta ahora ningún compareciente ha elegido, son las sanciones alternativas, dirigidas a quienes en un primer momento han rechazado haber cometido delitos, pero durante el juicio reconocen su participación en los crímenes. En esos casos, la sanción será de cárcel, pero solo entre 5 a 8 años. En todos los casos, la JEP es menos punitiva que la justicia ordinaria, donde las sanciones de cárcel pueden llegar a los 60 años.
¿Cómo funcionan las sanciones propias?
Dentro de las sanciones propias, la principal herramienta son los llamados “Trabajos, Obras y Actividades con Contenido Reparador - Restaurador”, o TOAR. Son los proyectos específicos, que deben ocurrir en las zonas donde los responsables más causaron daño. Durante cinco a ocho años, según disponga la sentencia, los sancionados deben permanecer en lugares delimitados, bajo vigilancia - en la primera sentencia, la de secuestro, el tribunal determinó que se hará con dispositivos electrónicos- y dedicar su tiempo a actividades de beneficio comunitario.
En el caso del antiguo secretariado, la sentencia determina que deberán liderar acciones reparadoras en todo el país, pero enfatizando sus esfuerzos en dos ciudades del suroccidente del país: Cali y Neiva. Son las dos capitales donde más se concentran los afectados. Aunque el protocolo de cumplimiento de las sanciones aún está por definirse, el Estado debe garantizar que los responsables tengan condiciones de seguridad y vivienda digna para trasladar su domicilio a las ciudades, veredas o pueblos donde lideren los trabajos restaurativos.
Las labores pueden incluir desde la construcción y mejora de vías terciarias, la recuperación de escuelas o puestos de salud, hasta el desminado humanitario o programas de búsqueda de desaparecidos. Cada proyecto debe tener un impacto directo en las comunidades afectadas y que esas actividades hayan sido acordadas por las víctimas, que tienen un papel activo en la definición y el seguimiento de las medidas. De esa manera, la sanción buscar pasar del castigo individual a una transformación de los territorios que sufrieron la violencia.
En términos políticos, esos TOAR no implican inhabilitación para participar en la vida pública. Quienes los cumplen pueden, continuar en cargos de representación, siempre que respeten las restricciones de movilidad. Este punto fue uno de los más debatidos durante la negociación del Acuerdo de Paz con las FARC, pues refleja la apuesta por priorizar la verdad, la reparación y la no repetición por encima de la cárcel tradicional, en un modelo que combina justicia con reintegración a la vida civil.
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