Una psiquiatra se enfrenta a cuatro años de cárcel en el juicio por desatender a un paciente que acabó matándose
La Fiscalía vincula el suicidio del joven a la omisión en el tratamiento de la médica, en un proceso sin precedentes en la justicia española


Este jueves comienza en Córdoba el juicio a la jefa de salud mental del Hospital Reina Sofía, la psiquiatra de iniciales C. P., que se enfrenta a hasta cuatro años de cárcel por denegar asistencia de manera continuada a un paciente esquizofrénico que se suicidó. Los ojos y oídos de muchos de los 5.000 psiquiatras españoles están puestos en la ciudad andaluza porque el proceso no tiene precedentes, según las asociaciones científicas nacionales. La médica se sienta en el banquillo por no establecer supuestamente un seguimiento al enfermo tal y como fija el protocolo del hospital. Está acusada de homicidio imprudente y un delito de denegación de asistencia sanitaria.
El paciente fallecido padecía esquizofrenia, trastorno de personalidad mixto, comportamientos violentos, consumía sustancias tóxicas y alcohol, y había intentado quitarse la vida en diferentes ocasiones. La Fiscalía de Córdoba acusa a la jefa de salud mental de no considerarlo un paciente psiquiátrico ni suministrarle los fármacos recetados para paliar su enfermedad crónica y sus “comportamientos agresivos inexplicables”, a pesar de otros criterios médicos y de los avisos reiterados de su familia, que denunció el caso ante la justicia por la dramática situación que padecían en casa y ante el inminente riesgo de suicidio.
La jueza Carmen Gema González, titular del Juzgado de lo Penal 4 de Córdoba abrirá la vista oral que tendrá tres sesiones y acabará el próximo martes. Mientras la Fiscalía solicita cuatro años de prisión para la psiquiatra, la acusación particular que ejerce la familia de la víctima ha rechazado aclarar su petición de cárcel a preguntas de este diario. La médica procesada, jefa de servicio de la unidad de gestión clínica de salud mental del hospital cordobés, está defendida por el abogado del Colegio de Médicos de Córdoba, que también ha declinado pronunciarse sobre su estrategia de defensa en este controvertido caso.
La familia del enfermo solicitó en un juzgado de guardia su internamiento involuntario en un centro de salud mental, por lo que se libró oficio a la coordinadora de salud mental para su inmediato ingreso, dado que su vida corría peligro. El médico forense que exploró al paciente había dictaminado que era conveniente su internamiento, dado que el paciente tenía “nula conciencia de la enfermedad” y no se tomaba los medicamentos que tenía prescritos tras ser dado de alta. “La acusada, con conocimiento de todo ello, faltando a su deber y a las más elementales normas de prudencia, omitió cualquier actividad al respecto y dicho internamiento no se hizo efectivo”, achaca el ministerio público en su escrito de acusación.
El fiscal del caso subraya que la situación del enfermo “empeoraba paulatinamente” y, pese a que insistía en su voluntad de suicidarse, la jefa de salud mental “persistió en el tratamiento dispensado y se negó a proporcionarle la asistencia adecuada a un enfermo psiquiátrico (…) Consecuencia de ello fue que el enfermo acabó con su vida”, concluye el escrito, que también reclama inhabilitar a la psiquiatra durante siete años. Cuando remitían sus episodios violentos, la facultativa prescribía un seguimiento por el médico de cabecera y tratamiento ambulatorio, que el paciente ignoraba.
Tanto la Sociedad Española de Psiquiatría como la Asociación Española de Neuropsiquiatría aseguran que no hay precedentes de condenas de cárcel a psiquiatras por mala praxis en la asistencia de salud mental. Desde su pico con 4.228 suicidios durante 2022, las muertes voluntarias han registrado un leve descenso hasta los 3.953 en 2024, según el Instituto Nacional de Estadística (INE).
“A veces nos sentimos impotentes”
“El suicidio es a menudo imprevisible. Tenemos criterios y factores de riesgo que nos pueden alertar de un evento suicida, pero a pesar de ello siempre queda un punto de incertidumbre que puede afectar al devenir del paciente. Además, no disponemos de una ley de tratamiento ambulatorio involuntario para aquellos pacientes sin conciencia de enfermedad y que se podrían beneficiar de tratamientos a largo plazo. Esto facilitaría la vida de muchas familias y mejoraría la estabilidad y prevención de conductas como el suicidio en personas con trastorno mental grave”, destaca Marina Díaz, presidenta de la Sociedad Española de Psiquiatría, que aglutina a unos 2.000 facultativos. Y agrega: “A veces nos sentimos impotentes ante situaciones que requerirían otro tipo de abordajes y la desatención puede venir, en gran medida, por la sobrecarga asistencial que deriva del escaso número de psiquiatras que tenemos en España”.
Cuando la Fiscalía hizo pública su petición de cuatro años de cárcel, la Asociación Andaluza de Profesionales de la Salud Mental reclamó una profunda reflexión sobre el caso de Córdoba: “La legislación vigente en salud mental tiene como base la atención comunitaria y multidisciplinar, respetando el principio de autonomía de las personas y su consentimiento informado, reduciendo la involuntariedad a un uso excepcional y proporcionado (…) El juez autoriza el ingreso si el médico considera que debe realizarse y la persona no está en condiciones de decidirlo, en ningún caso el juez indica un ingreso hospitalario”.
Desde este jueves este caso puede desvelar claves de la asistencia sanitaria dispensada a los pacientes agudos de salud mental, y hasta qué punto procede forzar a un paciente a su ingreso voluntario, un asunto controvertido pese a los límites que fijan la ley y los protocolos hospitalarios.
El teléfono 900 20 20 10 es la línea de Anar de ayuda a niños y adolescentes. La fundación también presta asistencia a través del chat: chat.anar.org
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