El Gobierno obliga a los hospitales a inscribir a los hijos de lesbianas no casadas
El Ejecutivo, a través de una instrucción, clarifica cualquier error de interpretación para el reconocimiento de filiación


El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha aprobado una instrucción, con fecha al 3 de julio, que permite a las parejas de lesbianas inscribir a sus hijos en el hospital sin necesidad de estar casadas.
Para esclarecer cómo aplicar la ley, el Gobierno busca “clarificar” las “cuestiones de interpretación” y dudas que se generaron tras la entrada en vigor de la ley trans. Esta reforma, que entró en vigor en marzo de 2023, modificó el artículo 44 de la Ley del Registro Civil y eliminó la obligación de que dos mujeres estuvieran casadas para poder inscribir como madres al hijo nacido de una de ellas.
Por otro lado, señala la instrucción, la ley de técnicas de reproducción humana asistida mantiene el contenido de la redacción anterior que solo prevé la filiación matrimonial respecto de dos mujeres. Y esto “podría plantearse alguna duda de interpretación” al momento de inscribir a los menores en los hospitales, indica Justicia.
Desde el ministerio aseguran que esta instrucción lo que hace es ampliar el derecho para las parejas de mujeres y “que no hay lugar para apreciar un conflicto de normas”.
Por ello, la nueva instrucción ―que se publica este sábado en el BOE, según EFE― modifica la de octubre de 2015 sobre la comunicación electrónica de nacimientos desde centros sanitarios para una mayor claridad y seguridad jurídica. Así, asegura que la firma del formulario por la progenitora no gestante en la comunicación electrónica de nacimientos desde centros sanitarios implica, de por sí, el reconocimiento de filiación.
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