La fiscalía pide una pena menor para un maltratador porque los dientes que rompió a la víctima eran postizos
El acusado, reincidente en agresiones machistas, propinó un puñetazo a su pareja delante de su hijo
La fiscalía y la acusación particular han rebajado de cinco años a tres y medio su petición de cárcel para un presunto maltratador porque los tres dientes incisivos que le rompió a su pareja no eran piezas originales, sino una prótesis dental.
El procesado, Luis S.Q., ya fue condenado a prisión en el 2006 por otros dos delitos de violencia machista sobre la misma mujer y, aunque esta vez se ha negado a declarar, la sala ha constatado que en la fase de instrucción reconoció que golpeó con el "revés de la mano" a la víctima.
Los hechos tuvieron lugar el 2 de agosto de 2009 en el domicilio de Torrevieja que la pareja compartía con un hijo común, de 6 años, desde que ella consintió volver a convivir con su agresor por el bien del menor. Aquel día, la mujer regresó a las 21.30 horas del parque con el hijo y se encontró con el hombre con su teléfono móvil en la mano. Él, a quien la víctima considera "muy celoso" y "agresivo", le recriminó que hubiera varias llamadas de un supuesto amigo y le propinó el puñetazo en la boca, "bastante fuerte" en palabras del médico forense, para a continuación agarrarla por el pelo y arrastrarla hasta el salón. Toda esta escena fue contemplada por el niño que, según el relato de la víctima, le ayudó a escapar de la vivienda. Poco después la víctima se presentó en el cuartel de la Guardia Civil sin los dientes y con un mechón de su cabello arrancado en la mano para documentar la denuncia.
El procesado ya fue condenado a prisión en el 2006 por golpear a la misma mujer
La pareja compartía casa en Torrevieja desde que ella consintió volver a convivir con él, por el bien del hijo que tienen en común
Frente a la solicitud de absolución de la defensa, el fiscal y la acusación particular pidieron en un principio cinco años de cárcel para el presunto agresor por el artículo 150 del Código Penal, que castiga al que cause a otro la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro no principal o la deformidad. Sin embargo, al acreditarse durante la vista oral que los tres dientes rotos de la mujer eran protésicos, las acusaciones han rebajado la calificación al artículo 148.4 porque, aunque la lesión existe, según ha acreditado el médico forense, ya había un perjuicio estético anterior.
La defensa, por su parte, ha pedido que se invalide la declaración del procesado durante la instrucción por haberse producido con otro abogado, y ha añadido que la acción del hombre únicamente conllevará un tratamiento odontológico, por lo que pide la libertad.
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