Trump asegura que tiene otros resquicios legales para imponer sus aranceles
El presidente estadounidense esgrime tres vías normativas para mantener su pulso comercial, pero todas tienen limitaciones y requieren el control del Congreso


El golpe que ha dado el Tribunal Supremo a la Casa Blanca, al tumbar su plan de aranceles indiscriminados al resto del mundo, es histórico por las repercusiones políticas, pero también por las económicas. El Gobierno estadounidense de Donald Trump se arriesga a perder 200.000 millones de dólares en ingresos fiscales procedentes de los gravámenes comerciales que había impuesto, en un país que necesita recaudar más porque acumula un peligroso déficit público y una abultada deuda.
La sentencia, dictada por un tribunal conservador contra una administración republicana, concluye que los aranceles recíprocos aprobados en abril de 2025 no tienen validez porque Trump no podía aprobarlos unilateralmente apoyándose en la ley de emergencias de 1977 (IEEPA, en sus siglas en inglés).
Por eso, el presidente estadounidense, nada más conocer el fallo del Supremo, aprobó automáticamente un arancel adicional del 10% para sustituir a los que acaban de ser anulados. Y recordó, además, que tiene a su alcance un amplio catálogo de normas legales para mantener su órdago comercial y aprobar nuevas tasas.
“Aunque discrepo firmemente de la decisión del tribunal de hoy, es posible que la decisión no restrinja sustancialmente la capacidad del presidente para imponer aranceles en el futuro", escribió Trump en su red social, Truth. “Esto se debe a que numerosas otras leyes federales autorizan al presidente a imponer aranceles y podrían justificar la mayoría (si no todos) de los aranceles emitidos en este caso... Dichas leyes incluyen, por ejemplo, la Ley de Expansión Comercial de 1962 (Sección 232); la Ley de Comercio de 1974 (Secciones 122, 201 y 301); y la Ley de Aranceles de 1930 (Sección 338)”.
El Supremo recuerda en su fallo que la facultad de imponer impuestos y aranceles corresponde al Congreso; no obstante, la legislación estadounidense contempla varios escenarios en los que el presidente puede imponer su autoridad. Trump ha encontrado así una serie de resquicios legales para mantener su ofensiva arancelaria. En todo caso, será bajo supervisión del poder legislativo, con un alcance más limitado y con más restricciones.
Ninguna de estas normas que permiten aumentar los aranceles —todas ellas promulgadas antes de 1988— puede “replicar legalmente el ‘muro arancelario’ basado en la IEEPA” que usó Trump el año pasado, subraya Alan Wolf, investigador del Peterson Institude for International Economics (PIIE). Las normas a las que se aferra el presidente ahora son estas:
Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974. Es la norma que permitiría a Trump una respuesta más ágil para evitar la caída de los mal llamados aranceles recíprocos. Permite al presidente imponer aranceles temporales cuando existan “problemas fundamentales de balanza de pagos que requieran restringir importaciones”. Es, además, la vía más próxima para sustituir los aranceles recíprocos, porque Trump invocó los déficits comerciales para justificar aquellas tasas.
No obstante, esta norma establece una serie de limitaciones: los gravámenes no podrán superar el 15% y tendrán un límite temporal de 150 días. Además, requiere la aprobación del Congreso para mantenerlos. “Esa exigencia de expiración plantea un problema político para el presidente”, señala Wolf, quien recuerda que la Cámara de Representantes ya ha asestado un golpe a Trump al anular los aranceles de Canadá.
Algunos expertos señalan que la vía de la sección 122 puede servir de puente mientras la Administración Trump intenta reconstruir el muro arancelario tal y como estaba antes de la sentencia del Supremo.
Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962. Autoriza al presidente a restringir importaciones cuando estas “amenacen con perjudicar la seguridad nacional”. Ha sido la base jurídica de los aranceles al acero y aluminio desde 2018, y más recientemente de las investigaciones a sectores estratégicos que han acabado siendo sometidos a gravámenes, como automóviles, cobre o madera. A diferencia de la Sección 122, no tiene límites de tiempo ni del nivel impositivo.
El mayor problema de este tipo de aranceles es que solo pueden establecerse tras una investigación del Departamento de Comercio. Este debe justificar que existen riesgos para la capacidad productiva doméstica, dependencia de suministros extranjeros, impacto en industrias críticas u otras consideraciones de defensa nacional. Además, exige un plazo de 270 días para presentar las conclusiones del informe, lo que hace que no sea una solución rápida.
Esta norma está más dirigida a establecer aranceles a sectores o productos individuales que a países o bloques.
Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974. Esta norma fue habitualmente empleada por Estados Unidos en 2018 para fijar aranceles a China por cuestiones de propiedad intelectual y transferencia forzada de tecnología. La usó también la Administración de Joe Biden. Permite los aranceles como medida de represalia si se demuestra que otros países aplican medidas comerciales “injustificables”, “irracionales” o “discriminatorias” para las empresas estadounidenses, y que además perjudican a su comercio. No hay límite en la tasa arancelaria que se puede introducir.
Esta sección requiere una investigación del Departamento de Comercio (USTR) a raíz de una denuncia previa. La práctica habitual es que se produzcan alegaciones del Gobierno extranjero antes de aprobar estos aranceles, lo que hace que el procedimiento no sea inmediato. Está diseñada para responder a prácticas específicas de países concretos. “No fue concebida para justificar aranceles generalizados sobre la mayoría del comercio mundial”, remarca el analista del PIIE.
Tiene un límite temporal de cuatro años, pero el USTR puede prorrogar los aranceles si recibe una solicitud de continuación. Funciona para cada país o por prácticas comerciales irregulares, por lo que sería difícil justificar un uso masivo y sistemático. No obstante, la primera Administración Trump (2017-2021) ya abrió esta vía cuando analizó los impuestos a los servicios digitales de 11 países, entre los que se encontraban España, Reino Unido o Francia.
Existen otras normas que Trump no ha citado en su intervención, pero que podrían abrir una puerta para mantener aranceles, aunque todas requieren la autorización del Congreso e incluso podrían reabrir un problema judicial como el de la Ley de Poderes de Emergencia, sobre la que se acaba de pronunciar el Supremo. Son estas:
Sección 338 de la Ley de Aranceles Smoot-Hawley de 1930. Autoriza al presidente a imponer “nuevos o adicionales aranceles” cuando determine que un país extranjero discrimina contra el comercio de Estados Unidos en comparación con el trato que concede a otros países. Es, en teoría, una herramienta amplia de represalia. En la práctica, nunca ha sido utilizada.
La norma fue creada en un mundo comercial muy distinto, en la década de los años 30 del siglo pasado, en los años de la Gran Depresión y los estertores de los imperios coloniales, que aún mantenían preferencias comerciales internas. Y cuando aún no se habían creado las reglas multilaterales de no discriminación que rigen hoy en día en el comercio mundial.
En ese contexto, la Sección 338 buscaba contrarrestar situaciones en las que un país trataba peor a los productos estadounidenses que a los de otros socios comerciales. Por tanto, esta norma permitiría a Trump aprobar aranceles cuando se pudiera probar que un país mantiene una conducta discriminatoria contra el comercio estadounidense y coloca al país en desventaja respecto a otros. Acota los aranceles máximos al 50%.
Sección 201 de la Ley de Comercio de 1974. Habilita al presidente a imponer aranceles si se detecta que un aumento de las importaciones causa o amenaza con causar graves daños a los fabricantes estadounidenses. Esta vía legal requiere investigación formal de la US International Trade Commission (ITC), y la amenaza real o serious injury debe probarse en un informe. Además, es estrictamente sectorial y tiene un límite máximo de cuatro años, aunque a partir del primero habría que ir revisando la situación. Está pensada para dar tiempo de ajuste a una industria, no para castigar a países ni para rediseñar la política comercial global.
Golpe político
El fallo del Tribunal Supremo implica también un tremendo golpe político para Trump. Establece un límite al poder presidencial. Le recuerda al inquilino del Despacho Oval que el Congreso debe aprobar las principales leyes económicas. Y supone un mazazo al principal eje de su estrategia política: con los aranceles se aseguraba una fuente adicional de recursos para financiar la rebaja de impuestos a empresas y hogares en un país altamente endeudado y con un peligroso déficit público. Así se explica la furibunda reacción del presidente el viernes, llamando a los jueces “perros falderos de la izquierda radical”.
“Me avergüenzo de los jueces que votaron en contra. Francamente, son una vergüenza para nuestro país, porque se dejaron influir por intereses extranjeros y no han tenido el coraje de hacer lo correcto”, dijo en una conferencia de prensa para valorar el fallo del Supremo. Ahora, si intenta poner en marcha nuevos aranceles, Trump tendrá que enfrentarse a la validación del Congreso, cuando empiezan a surgir las dudas sobre el control que ejerce sobre la cámara en un año electoral decisivo.
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