Pradas pide a la jueza de la dana los pliegos del sistema que mide los caudales de la CHJ
La exconsejera desliza la tesis de que el organismo estatal que depende de Transición Ecológica “pudo fallar” al comunicar los datos a la Generalitat


Salomé Pradas, la exconsejera de Justicia e Interior de la Generalitat Valenciana imputada en la causa de la dana que investiga la jueza de Catarroja Nuria Ruiz Tobarra, no está satisfecha con las últimas resoluciones de la magistrada que indaga la riada que el pasado 29 de octubre segó 228 vidas (una de ellas, una embarazada de ocho meses).
A través de su abogado, Eduardo de Urbano, exmagistrado de la Audiencia Provincial de Madrid, Pradas ha presentado un recurso de reforma contra una providencia (resolución de carácter menor) de la instructora del pasado 3 de septiembre. En ella, la jueza se negaba a solicitar los pliegos de prescripciones técnicas del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH), que controla los caudales, desde la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ).
“Dichos pliegos, que pretenden expulsarse del procedimiento especifican que, en situaciones extraordinarias de avenida, será de especial interés el apoyo a la explotación, mantenimiento de la operatividad de bases de datos, sistemas de adquisición y herramientas de gestión”, justifica la defensa de Pradas.
Esta documentación, según la exconsejera, permitiría conocer si el sistema de la CHJ registró algún error al reportar información sobre los caudales el pasado 29 de octubre, jornada de la inundación. “No faltan razones para contemplar que pudo existir algún fallo (de carácter técnico o humano) en la fiabilidad, rapidez y diligencia en cuanto a la transmisión de dicha información a las instituciones oportunas”, argumenta la exdirigente a través de su letrado.
Mediante el SAIH, la CHJ remitió información entre las 16.13 horas y las 18.43 sobre el barranco del Poyo, génesis de la tragedia. Y esta aplicación, que detalla el metro cúbico por segundo, pudo ser consultada por la Generalitat a través de la web de este organismo estatal que depende del Ministerio para la Transición Ecológica. Sin embargo, según el entorno de Pradas, los datos del SAIH publicados en la web de la CHJ “no son oficiales”.
“Durante la tarde del 29 de octubre, la CHJ envió varios correos que arrojaban datos del SAIH (sin interpretar) que preveían un caudal decreciente en el Barranco del Poyo, para después dejar de informar sobre aquel hasta las 18:43 (más de dos horas después), mostrando una crecida abrupta del caudal, sin ni si quiera acompañar el mensaje de una señal de alerta, ni realizar llamada alguna”, sostiene la defensa de la exdirigente.
El abogado de Pradas obvia que la Generalitat manejaba un flujo de información sobre el desbordamiento del barranco del Poyo a través del 112 –el servicio telefónico de emergencias autonómico- que, desde las 16.40 horas del día de la aciaga jornada, alertó de la rotura de la rambla a la altura de poblaciones como Chiva o Cheste.
La magnitud de la dana, además, también fue advertida por la Agencia Española de Meteorología (Aemet), que ocho días antes de la tragedia apuntó los primeros síntomas de la monumental tromba.
De forma velada, la defensa de Pradas vuelve a esgrimir la tesis de que si, su clienta no actuó con celeridad, fue porque no fue informada de la dimensión de la riada por organismos estatales, como la Aemet o la CHJ. “Es claro que cuestionar el flujo de información que se necesitaba para tomar decisiones forma parte del derecho de defensa de aquel que viene siendo acusado de no actuar de determinada manera. Más, si cabe, cuando de numerosas diligencias se deduce que otros eslabones en la cadena de toma de decisiones (como lo es el que debe trasladar la información precisa) pudieron haber fallado”, zanja el abogado De Urbano.
Junto a Pradas, las pesquisas mantienen también investigado a quien fuera su segundo, el exdirector general de Emergencias durante la riada, Emilio Argüeso. Ambos se enfrenten a los presuntos delitos de homicidios y lesiones imprudentes, que están castigados con hasta cuatro y tres años de prisión, respectivamente.
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