Claves del acuerdo para limitar las compras de vivienda en Cataluña: a quién afecta y cómo
Los pequeños propietarios podrán adquirir en zonas de alta demanda una segunda residencia o si alquilan el piso


El Govern y Comuns han cerrado este jueves un acuerdo para limitar las compras especulativas de vivienda y allanar el camino para la consecución de unos presupuestos para este año. El pacto, que tiene que pasar por el Parlament, afecta sobre todo a grandes propietarios, pero también tiene implicaciones sobre los compradores particulares. Estas son las claves del acuerdo alcanzado:
¿Qué han pactado el Govern y Comuns?
El Ejecutivo de Salvador Illa ha acordado con Comuns “contener” las compras especulativas de vivienda en zonas de elevada demanda. Es decir, poner coto a aquellas adquisiciones que tienen como objeto mantener un inmueble vacío para revenderlo aprovechando las subidas del mercado; las que buscan una rentabilidad elevada del piso mediante el alquiler; las que persiguen sortear la ley de Vivienda con fórmulas como el coliving o el alquiler de habitaciones, o las que tratan de sacar unas plusvalías rápidas a través de la renovación del edificio, tanto su estructura como sus inquilinos.
¿Qué objetivo persigue?
La principal finalidad es que la persona que adquiere el inmueble lo destine a su residencia habitual, limitando las posibilidades de que se compren viviendas con un fin comercial o especulativo.
¿En qué se basan para hacerlo?
El Gobierno catalán y los comunes se basan en la reforma la ley de Urbanismo para limitar esas compras. Lo hacen después de que el Gobierno catalán haya recibido cuatro informes encargados a varios expertos que avalan la capacidad de intervenir y su encaje constitucional.
¿Dónde se aplica?
El acuerdo afecta a los 270 municipios que tienen una demanda elevada y que están dentro de las llamadas zonas tensionadas. En estas localidades, los planeamientos urbanísticos y las ordenanzas municipales podrán prever estos límites a las compras.
¿A quién afecta?
En especial, a grandes tenedores. Es decir, a propietarios de cinco o más viviendas. A partir de la entrada en vigor de la norma –que tiene que pasar por el Parlament—, estos solo podrán comprar un piso si demuestran que es para vivienda habitual. Para ello, la Generalitat les dará un máximo de doce meses –prorrogable a 18 meses si está motivado— desde la compra para demostrar que residen en esa casa. Estas sociedades sí podrán seguir comprando edificios residenciales enteros, pero con condiciones: primero, que destinen esos pisos a alquiler con rentas que estén dentro de los topes fijados por el Govern, y segundo, que si ese inmueble ya está arrendado, se respeten los contratos en vigor hasta su finalización.
Soy pequeño propietario, ¿me afecta el acuerdo?
Sí. Los pequeños propietarios podrán adquirir un piso siempre que sea para su uso habitual, para un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o para ponerlo al mercado alquiler, aplicando los límites de renta fijados por el Govern.
¿Afecta a las segundas residencias?
Sí, pero con matices. El pacto prevé que un propietario podrá adquirir una única segunda residencia si está en zona tensionada, siempre que esta esté situada en un municipio diferente a su domicilio habitual. Nunca podrá destinarse a alojamiento turístico o de temporada.
¿Hasta cuándo se aplicará?
El pacto fija que la limitación tiene un carácter “extraordinario” y, “como máximo”, se aplicará durante la vigencia de la declaración de mercado tensionado.
¿Afecta a las herencias?
Solo en parte. En ese caso, no se fija un tope de inmuebles, pero sí que estos deben dirigirse al mercado de alquiler si están en zona tensionada.
¿Cuáles son las multas?
El pacto establece que su incumplimiento constituye una infracción urbanística muy grave, de hasta 1,5 millones de euros.
¿Se aplica en otros lugares?
El modelo en el que se han inspirado el Govern y los comunes es el de los Países Bajos, que permite que las ciudades de más de 200.000 habitantes con desequilibrios en el mercado puedan aplicar restricciones a las compras especulativas. Ámsterdam, por ejemplo, no permite que una persona adquiera un inmueble si no es para residir en él.
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