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La Audiencia Nacional archiva el ‘caso ambulancias’ que supuso la imputación del convergente David Madí

El juez Pedraz da carpetazo a esta derivada del ‘caso 3%’

David Madí, exdirigente de Convergència, en una imagen de 2022.David Zorrakino (Europa Press)

El juez Santiago Pedraz, instructor de la Audiencia Nacional, ha archivado el llamado caso ambulancias, una investigación abierta en 2023 para indagar en supuestas irregularidades en la adjudicación de un concurso público convocado en 2014 por la Generalitat de Cataluña para contratar la gestión de los servicios de transporte sanitario. Durante las pesquisas —que eran una derivada del caso 3%, centrado en la supuesta financiación irregular de la extinta Convergència Democrática de Catalunya (CDC)—, se imputó al empresario David Madí, exdirigente del partido nacionalista.

“No han quedado acreditados los planteamientos iniciales en los que se basó la investigación y la denuncia inicial”, apunta el magistrado en una resolución fechada este lunes. En 2022, los Mossos tomaron declaración a Carlos Simón García, vinculado a la sociedad Ivemon Ambulancias Egara, que relató “irregularidades acontecidas durante las negociaciones previas” a la adjudicación. El denunciante aseguró que un empresario contactó en 2011 con su familia para ofrecerles “la posibilidad de asociarse con una serie de políticos para facilitar el acceso a futuros concursos públicos”; y añadió que este manifestaba actuar en “calidad de intermediario” de Madí, “quien tenía acceso” a Germà Gordó, exgerente de Convergència, y a Artur Mas, presidente de la Generalitat por CDC entre 2010 y 2016.

Tras tres años de investigación, el juez apunta que no se han logrado acreditar las presuntas irregularidades. Ademas, Carlos Simón García no ratificó su denuncia inicial en sede judicial y se ha ofrecido “una explicación razonable a todas las operaciones controvertidas”.

La Fiscalía Anticorrupción ha apoyado el archivo: “No ha quedado acreditado ni el concierto previo, ni la resolución arbitraria para la concesión de la adjudicación”. “Tampoco ningún tipo de contraprestación, ofrecida o recibida, a los funcionarios públicos y autoridades encargadas de elaborar el pliego de condiciones y la adjudicación”, ahonda el ministerio público. En esa línea, el instructor remacha: “Ni se desprende que los responsables del concurso hayan llevado a cabo actuaciones dolosas realizadas con conciencia y voluntad de alterar el procedimiento”.

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