El juez archiva la investigación sobre el abuso de los contratos sanitarios de emergencia de la Junta de Andalucía
El instructor concluye que la prórroga de esas adjudicaciones respondía “a necesidades perentorias dado el grave retraso generado por la crisis sanitaria”


El titular del Juzgado de Instrucción número 13 de Sevilla que investigaba el presunto abuso de la contratación de emergencia por parte del Servicio Andaluz de Salud, entre los años 2020 y 2024, cuando había decaído la normativa que amparaba ese tipo de adjudicación habilitada durante la pandemia, ha decidido archivar la causa al entender que los hechos “carecen de relevancia penal”. En el auto, firmado el 22 de enero y que fue adelantado por Abc, el juez sostiene que en la prórroga de ese tipo de contratos, que permitía la adjudicación a dedo de suministros sanitarios, “no ha existido una actuación arbitraria o caprichosa ni un injustificado ejercicio de abuso de poder”. Tampoco observa la existencia del delito de prevaricación por el que estaban imputados los tres gerentes del SAS que ha tenido Juan Manuel Moreno desde que ocupara la presidencia de la Junta de Andalucía.
Fue el PSOE de Andalucía el que presentó en noviembre de 2024 una querella cuestionando el presunto abuso de la contratación a dedo por parte del SAS a través de contratos sin concurrencia competitiva, control ni publicidad, y que se prorrogaron no solo después de que se derogara el artículo 16 del Real Decreto 7/2020 que amparaba el carácter excepcional de este tipo de contratos durante la pandemia, sino dos años más allá de que la propia Consejería de Hacienda emitiera una instrucción en 2021, advirtiendo de que la contratación de emergencia debía tener ya un carácter residual. El montante de esas adjudicaciones a dedo, que fueron cuestionadas por la Intervención del SAS por usar un procedimiento que ya no estaba vigente, ascendía a 242 millones de euros.
El magistrado sostiene que en la prolongación de ese tipo de adjudicaciones “no ha existido una actuación arbitraria o caprichosa, ni un injustificado ejercicio de abuso de poder” porque “se emitieron memorias justificativas económicas e informes jurídicos, que se fundamentaron en la necesidad de dichas contrataciones justificativas económicas e informes jurídicos, que fundamentaron la necesidad de dichas contrataciones y la inviabilidad de alternativas de contratación”. El instructor también justifica su argumento en que la prórroga de las adjudicaciones de emergencia se realizó con todas las empresas sanitarias que hasta entonces habían contratado con el SAS y que “no consta empresa o asociación alguna que haya cuestionado” esa contratación.
“No puede concluirse que la finalidad de las prórrogas fuera la elusión de las normas de orden público de la contratación, sino que respondían a necesidades perentorias derivadas de la necesidad de la continuidad de la prestación, sin modificación de lo contratado, dado el grave retraso generado por la crisis sanitaria”, se indica en el auto. El juez asume la justificación de los gerentes del SAS de que “evitar la interrupción de la prestación habría supuesto perjuicios para los ciudadanos ante la grave situación sanitaria que se había vivido y se seguía viviendo”.
El instructor tampoco considera que las conductas de los tres gerentes del SAS sean constitutivas de un delito de prevaricación administrativa porque, aunque se acogieron a una modalidad de contratación “menos exigente y que les dotaba de un ámbito de discrecionalidad mayor”, “no tomaron decisiones que conculcaran directamente el orden jurídico”, sino que “únicamente, redujeron las garantías que se hubieran derivado de otra decisión”. El instructor considera que en su comportamiento no puede apreciarse “una actuación a sabiendas, un conocimiento de la arbitrariedad de la decisión” y concluye que aunque las resoluciones adoptadas por los altos cargos sanitarios “puede discutirse si son o no irregulares”, lo que no son “sin duda, es groseramente ilegales o dictadas por intereses ajenos a los públicos o generales”.
El magistrado también considera “cuando menos discutible” que cuando se realizaron las prórrogas de los contratos de emergencia “no existiera aún una situación de emergencia”. Este era uno de los principales argumentos utilizados por la oposición para cuestionar el abuso de este tipo de adjudicaciones a dedo, hasta tres años después de que la Consejería de Hacienda hubiera emitido una instrucción, en 2021, advirtiendo de que este tipo de contrataciones debía ser residual.
Además de los tres gerentes, durante la instrucción el juez también llamó a declarar en calidad de testigo a la actual viceconsejera de Hacienda, que en el momento en que se decidió prorrogar los contratos de emergencia era la interventora general de la Junta y fue quien avaló el cambio de sistema de control de los contratos sanitarios pasando del sistema de control previo al de control financiero permanente, que impide poder supervisar con anterioridad a su firma que las adjudicaciones cuentan con todas las garantías y cumplen con la normativa vigente, obligando a hacer un análisis de los gastos una vez que se han producido. Ese cambio de sistema de control y la forma en la que se hizo ha sido una de las reclamaciones constantes en la petición de información del juez a la Junta. Tampoco aprecia en este cambio de sistema supusiera una minoración de las garantías, sino que considera que “posibilitó una mayor agilidad y eficacia en la gestión de los recursos públicos en semejante situación de emergencia”.
El magistrado también aborda los reparos que durante esos años emitió la Intervención del SAS en el que se llamaba la atención sobre el hecho de que la normativa que amparaba la contratación de emergencia había decaído. Para el juez, “no todo distanciamiento del criterio de los interventores implica una resolución prevaricadora” y recuerda que el ordenamiento jurídico establece unos mecanismos de desvinculación respecto del criterio de los interventores que “no pueden interpretarse, siempre y en todo caso, como la estratégica cobertura para una actuación delictiva” y recuerda que muchas de las recomendaciones solicitadas por ese organismo fiscalizador estaban en marcha por parte de la administración.
El auto del juez decretando el archivo de la causa se dictó dos días después de que también acudiera a declarar como testigo la actual consejera de Medio Ambiente, Catalina García, y que fue consejera de Salud durante el período en el que se prorrogaron los contratos.
Desde la Junta de Andalucía siempre se ha defendido que esa prórroga de los contratos de emergencia se realizó para “salvar vidas” en un momento de pandemia. El propio presidente de la Junta, Juan Manuel Moreno, ha afirmado en estos meses que de ese abuso únicamente podría derivarse, en última instancia, un reproche administrativo.
El Gobierno de Moreno ha logrado cerrar uno de los frentes judiciales abiertos por la supuesta contratación sanitaria irregular, pero tiene todavía dos vías en activo. Por un lado, un juzgado de Cádiz investiga el fraccionamiento de contratos menores sanitarios por parte del Servicio Andaluz de Salud (SAS), entre los que también se encuentran adjudicaciones por la vía de emergencia, para comprobar si los dirigentes de la Junta incurrieron en una malversación cifrada en 235 millones de euros al trocear de manera artificial los contratos concedidos en 2021 en esa provincia. Ese mismo sistema de troceamiento de adjudicaciones para evitar el procedimiento de libre concurrencia y publicidad, pero puesto en marcha desde la plataforma logística de compras de la provincia de Córdoba entre 2020 y 2021 es el que ha empezado a instruir hace unas semanas otro juez de la capital cordobesa. La causa gaditana fue iniciada a expensas de Podemos —también personado en el procedimiento de Sevilla que se acaba de archivar— y la cordobesa ha sido impulsada por el PSOE-A.
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