Ábalos, a las puertas de juicio: entre siete magistrados del Supremo y un jurado popular
Fuentes jurídicas apuntan a que el exministro será juzgado por los jueces Arrieta, Sánchez Melgar, Palomo, Marchena, Ferrer, De Porres y Hernández


José Luis Ábalos, Koldo García y el empresario Víctor de Aldama se sentarán en los próximos meses en el banquillo del Tribunal Supremo por el supuesto cobro de comisiones en torno a la compra de mascarillas durante la pandemia de covid-19. Pero el abogado del exministro de Transportes ha reclamado a la Sala Penal que revoque el auto de apertura de juicio oral dictado por el juez Leopoldo Puente y el caso sea juzgado por un jurado popular en vez de por siete magistrados del Supremo. La sala no ha acordado aún la composición del tribunal que juzgará al exdirigente socialista, pero fuentes consultadas apuntan a que a los cinco jueces que abrieron en noviembre de 2024 la causa contra Ábalos, se le sumarán, previsiblemente el magistrado más antiguo de la sala de los que hasta el momento no han intervenido en esta causa, el exfiscal general del Estado Julián Sánchez Melgar, y el más nuevo, Javier Hernández. No obstante, estas fuentes señalan que se estudiará la petición de la defensa.
Puente abrió juicio oral el 11 de diciembre contra el exministro de Transportes, su antiguo asesor y el comisionista Aldama por integración en organización criminal; cohecho continuado, activo y pasivo; uso de información privilegiada, aprovechamiento de información privilegiada; tráfico de influencias, malversación de fondos públicos; falsedad en documento oficial y prevaricación. Con esa decisión, adoptada dos semanas después de enviar a prisión provisional a Ábalos y Koldo García, el juez deja ya la causa en manos de los siete magistrados que formarán el tribunal que les juzgará. Pero el abogado Carlos Bautista intenta cambiar in extremis el procedimiento previsto para enjuiciar al exministro y que la decisión de condenarle o absolverle no esté en manos de los magistrados de la Sala Penal sino de un jurado popular ―formado por ciudadanos elegidos por sorteo―.
Bautista argumenta que los tres principales delitos que las acusaciones atribuyen a Ábalos (cohecho, tráfico de influencias y malversación) son, según la ley, propios del enjuiciamiento por un tribunal con jurado. Apoya su petición en dos acuerdos del alto tribunal de 2010, según los cuales, aunque se juzguen también otros delitos que habitualmente son competencia de jueces profesionales (en este caso, organización criminal y uso de información privilegiada), la competencia del jurado popular se extenderá a ellos siempre que se hayan cometido teniendo como objetivo principal perpetrar un delito que sí corresponda al tribunal del jurado.
El letrado sostiene que esta circunstancia es la que se da en la causa contra el exministro porque el delito de organización criminal “se desarrolló para la comisión” de la malversación, el cohecho y el tráfico de influencias, delitos competencia del tribunal de jurado; y el de información privilegiada “está tan imbricado en el relato de hechos de las acusaciones con los delitos competencia del tribunal de jurado, que se quebraría la continencia de la causa de enjuiciarse por separado”.
Fuentes consultadas apuntan a algunos argumentos que juegan en contra de esta solicitud, como el hecho de que la ley que regula el jurado popular deja expresamente fuera los delitos que son competencia de la Audiencia Nacional, y es allí donde empezó la investigación y se sigue instruyendo el caso Koldo, del que la causa del Supremo es una escisión obligada exclusivamente por la condición de aforado de Ábalos como diputado del Congreso. Estas fuentes advierten también que el juez Puente ha incluido en el auto de apertura oral el delito de prevaricación que, según la ley, no puede enjuiciarse en un tribunal con jurado; y llaman la atención sobre el hecho de que la defensa no planteara esa petición en el recurso que presentó contra el auto por el que se procesó al exministro.
El letrado, en la solicitud registrada ante el Supremo, defiende que los delitos que determinan si una causa se juzga por jueces profesionales o por jurado popular son los que recogen los escritos de la acusación popular y de la Fiscalía, y estos no incluyen la prevaricación; asimismo, según Bautista, no existe “un límite temporal” para reclamar que el procedimiento se derive a un jurado popular. “Puede ser alegada en cualquier momento del proceso siempre con anterioridad al comienzo de las sesiones del juicio oral o, incluso, en el propio trámite de cuestiones previas”, argumenta el abogado.
La intención de la Sala Penal es juzgar a Ábalos, Koldo García y Aldama en los primeros meses de 2026, previsiblemente a finales de febrero o en marzo. Antes, tiene que acordar la composición del tribunal, salvo un cambio de planes por la petición de Ábalos que las fuentes consultadas ven improbable. Los tribunales de enjuiciamiento del Supremo están constituidos por siete magistrados, cinco de los cuales son los que formaron la Sala de Admisión que abrió la causa que se lleva a juicio. En este caso, el presidente de la Sala Penal, Andrés Martínez Arrieta; su antecesor en ese cargo, Manuel Marchena; y los magistrados Andrés Palomo, Ana Ferrer y Eduardo de Porres. A ellos, fuentes consultadas apuntan que, siguiendo las normas de reparto, lo previsible es que se sumen el exfiscal general del Estado Julián Sánchez Melgar y Javier Hernández, como el magistrado más antiguo de la sala y el más nuevo, respectivamente, de los que hasta el momento no han intervenido en esta causa.
De confirmarse esta composición, Ábalos, Koldo García y Aldama tendrán ante sí a un tribunal veterano formado por pesos pesados de la sala, como Arrieta, número uno del escalafón judicial; Marchena, que aunque ya no preside la Sala Penal sigue teniendo autoridad y gran ascendencia para la mayoría de sus miembros; y Ferrer, la primera mujer en llegar a la sala y que acaba de suscribir, junto a Susana Polo, un contundente voto particular en contra de la condena al ya ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Sánchez Melgar fue fiscal general del Estado durante los últimos meses del Gobierno de Mariano Rajoy, mientras que Palomo es otro de los magistrados más antiguos de la sala y también acaparó el foco recientemente por oponerse a la decisión de sentar en el banquillo al jefe del ministerio público. De Porres y Hernández se han incorporado al alto tribunal en los últimos años y el de Ábalos sería el primer juicio de gran relevancia en el que participan en el Supremo.
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