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Ábalos pide al Supremo que le juzgue un jurado popular

El exministro alega que los principales delitos de los que se le acusa son competencia de ese tipo de procedimiento

José Luis Ábalos quiere ser juzgado por un jurado popular en vez de por los magistrados de Tribunal Supremo. Así lo ha reclamado en el alto tribunal la defensa del exministro mediante un escrito en el que argumenta que los tres principales delitos que se le atribuyen (cohecho, tráfico de influencias y malversación) son, según la ley, propios del enjuiciamiento por un tribunal con jurado (formado por ciudadanos legos elegidos por sorteo). El abogado del exdirigente socialista defiende que la norma que regula el funcionamiento del jurado popular establece que “los delitos principales son los de competencia de jurado, que arrastran a los otros, nunca al contrario”.

El instructor del caso Ábalos en el Supremo, Leopoldo Puente, abrió juicio oral el pasado 11 de diciembre contra el exministro de Transportes, su antiguo asesor y el comisionista Aldama por la presunta trama corrupta en torno a la compra de mascarillas durante la pandemia de covid-19. Pero el abogado de Ábalos reclama al Supremo que deje sin efecto esa decisión y abra un procedimiento con jurado.

Bautista esgrime dos acuerdos del alto tribunal de 2010, según los cuales, aunque se juzguen también otros delitos que habitualmente no son competencia de un tribunal con jurado (en este caso, organización criminal y uso de información privilegiada), la competencia del jurado popular se extenderá a ellos siempre que se hayan cometido teniendo como objetivo principal perpetrar un delito que sí corresponda al tribunal del jurado. Y esto es lo que ocurre, según el abogado, en este caso.

El delito de organización criminal, alega Bautista, “se desarrolló para la comisión” de la malversación, el cohecho y el tráfico de influencias, de delitos competencia del Tribunal de Jurado, “la competencia para el enjuiciamiento del delito de organización criminal queda absorbida por aquel”, alega Bautista. Respecto al delito de información privilegiada, el letrado afirma: “Está tan imbricado en el relato de hechos de las acusaciones con los delitos competencia del tribunal de jurado, que se quebraría la continencia de la causa de enjuiciarse por separado”.

El abogado defiende en su escrito que el hecho de que Ábalos esté aforado, motivo por el que su caso se ha instruido y se juzgará en el Supremo, no impide que pueda intervenir un jurado popular. Bautista sostiene que se produce una “confluencia normativa”. “Por un lado, por el aforamiento, debe enjuiciar el Tribunal Supremo; por otra parte, según el tipo de delito, debe recurrirse a un jurado popular. El aforamiento modifica el órgano judicial ordinariamente, pero no el procedimiento”, afirma el letrado.

La ley establece “con claridad meridiana”, según el abogado, que el tribunal con jurado se constituirá “en el ámbito de la Audiencia Provincial o, en su caso, de los tribunales que correspondan por razón del aforamiento del acusado”. “Esta mención expresa a los tribunales de aforados (Tribunales Superiores de Justicia y Tribunal Supremo) disipa cualquier duda sobre la voluntad del legislador de que el procedimiento del jurado sea aplicable a estas sedes”, advierte.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.
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