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El Supremo archiva una batería de querellas contra el Gobierno de Sánchez por la dana

El tribunal concluye que los hechos imputados al Ejecutivo “no son constitutivos de delito”

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Palacio de Marivent (Mallorca), este martes.
J. J. Gálvez

El Tribunal Supremo ha archivado una docena de querellas y denuncias presentadas por Vox y varias asociaciones y grupos ultras (como Manos Limpias, Abogados Cristianos y Hazte Oír) por la supuesta inactividad del Gobierno durante la dana que asoló Valencia el pasado octubre. Los magistrados, que consideran que “los hechos imputados no son constitutivos de delito”, han rechazado así las pretensiones de encausar al presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez; y a seis de sus ministros: Fernando Grande-Marlaska, Ángel Víctor Torres, Margarita Robles, María Jesús Montero, Félix Bolaños y Teresa Ribera (que dejó el cargo en noviembre). Entre los delitos que se les atribuían destacan los de omisión del deber de socorro, homicidio por imprudencia grave e, incluso, de lesa humanidad.

En su resolución, el alto tribunal explica que, para abrir una instrucción judicial, se requieren indicios suficientes sobre la supuesta actuación ilícita de un aforado. No vale con el simple “desacuerdo” con las decisiones adoptadas por el Gobierno, que “pueden considerarse desacertadas”. Ni tampoco “puede hacerse depender de la entidad de la tragedia acaecida y sus consecuencias”. En este sentido, la Sala de lo Penal del Supremo incide en que los denunciantes no han aportado elementos que apunten contra el Ejecutivo y recuerda que el derecho español no contempla la “responsabilidad penal por el desempeño de un cargo”.

“La acción de gobierno se caracteriza por la toma de numerosas decisiones discrecionales, en cumplimiento de programas políticos o mandatos de actuación normativizados, que pueden, en efecto, generar descontento o rechazo. Pero la toma de decisiones discrecionales de un presidente del Gobierno no puede convertirse en fuente de responsabilidad penal porque se considere que la opción escogida no era la más adecuada o la más eficaz para la obtención de los objetivos programados”, subrayan los cinco jueces que firman la resolución, fechada el pasado 23 de julio.

Los magistrados también insisten en que las denuncias tienden a atribuir responsabilidades a los miembros del Gobierno por “el mero hecho de la posición o cargo” que ostentan, pese a que la ley obliga a individualizar las acciones imputables a cada uno. “La responsabilidad penal es estrictamente personal. Cualquier juicio de autoría exige que la persona a la que se atribuye responsabilidad criminal haya ejecutado por sí la acción típica o, en supuestos de coautoría, tenga el dominio funcional del hecho”, remacha la Sala, que admite la complejidad de detallarlo cuando la supuesta acción delictiva se desarrolla dentro una “organización o estructura compleja y jerarquizada”. Pero, según añade el tribunal, no hacerlo conduce a “convertir” el derecho penal en un “peligroso instrumento totalitario”.

Esta resolución del Supremo también descarta abrir causa contra otras personas no aforadas ante el alto tribunal: como el presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón; y los máximos responsables de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) y de las Confederaciones Hidrográficas del Júcar (CHJ) y del Turia.

El alto tribunal aclara igualmente que el rechazo de estas denuncias no significa que la magistrada Nuria Ruiz Tobarra, que dirige la investigación sobre la dana desde el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Catarroja, no pueda pedir al Supremo que impute a un aforado si encuentra “indicios cualificados” de la comisión delictiva “por parte de cualquiera de ellos”.

Precisamente, este miércoles se ha conocido que la jueza Ruiz Tobarra ha emitido una resolución que desmonta de manera tajante el informe sobre el barranco del Poyo que le entregó el pasado viernes la Guardia Civil, en el que reprochaba a la Confederación Hidrográfica del Júcar y a la Aemet la falta de avisos de lluvias y aumentos de caudales en las horas críticas de las inundaciones, que causaron 228 muertos. Es más, la magistrada ha vuelto a rechazar la imputación del presidente de la CHJ, Miguel Polo.

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.
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