La Audiencia de Sevilla eleva el ‘caso ERE’ a la justicia europea tras el desafío al Constitucional
Los jueces suspenden la ejecución de las sentencias del órgano de garantías español hasta que el Tribunal de Luxemburgo aclare sus cuestiones prejudiciales

La Audiencia de Sevilla ha elevado el caso de los ERE fraudulentos al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para plantearle cuatro cuestiones prejudiciales después del desafío mantenido esta primavera con el Tribunal Constitucional (TC). Los magistrados de la Audiencia, en un movimiento inédito, cuestionaron por primera vez la doctrina del alto tribunal de garantías español y rehusaron aplicar sus 10 sentencias, que anulaban las penas a los expresidentes andaluces José Antonio Griñán y Manuel Chaves, entre otros, al estimar sus recursos de amparo. Ahora, los magistrados suspenden la tramitación de la causa “por un riesgo sistémico de impunidad” y dejan en el aire la aplicación de los fallos del Constitucional hasta que el Tribunal con sede en Luxemburgo aclare sus dudas.
El primer tribunal que condenó a los expresidentes andaluces y otros ex altos cargos de la Junta en 2019 requiere ahora a la justicia europea que aclare cómo se adecuan las sentencias del Constitucional, dictadas hace un año, al derecho europeo y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE. Los jueces aseguran que buscan evitar “un riesgo sistémico de impunidad futura en escenarios similares (...) y salvaguardar los intereses financieros de la UE”, reza el auto difundido este martes.
La Fiscalía Anticorrupción, sin embargo, se opuso a elevar el caso a la justicia europea al estimar que el alto tribunal de garantías “no se extralimitó” cuando anuló la sentencia de la Audiencia y rechazó que el TC hiciera una “interpretación alternativa” de los hechos. El ministerio público se alineó con las defensas de los ex altos cargos andaluces, pero la Audiencia ha impuesto su criterio, alineado con el PP, acusación particular en el caso.
La Audiencia critica que el Constitucional “vulneró” con sus sentencias el principio de legalidad penal nacional al “imponer una interpretación restrictiva de la legalidad penal ordinaria interna respecto a los delitos relacionados con la corrupción”, subraya la resolución motivada, de 61 páginas. Esto contradice, a criterio de los jueces, la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre el caso judicial rumano Euro Box Promotion y otros de 2021, lo que generaría “un evidente espacio de impunidad en la persecución de la corrupción”.
Para los jueces de la Audiencia, el corazón de su argumentación es que el Constitucional originó un “ámbito de impunidad” a través de sus sentencias que contraviene la seguridad jurídica y que ignoraría el “fin fraudulento, prohibido y contrario a las normas de la UE”. Este propósito fraudulento fue iniciado por los políticos andaluces con sus leyes presupuestarias que dotaron el fondo de los ERE con 680 millones durante una década (2000-2009). La Audiencia censura que, en caso de aplicar la doctrina del Constitucional, esto provocaría “una desprotección del patrimonio público, el correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado y su manejo de fondos públicos”. Además, infringiría “la normativa europea de lucha contra la corrupción política, el fraude o la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Unión y la corrupción en general”, destaca la resolución, contra la que no cabe recurso.
Los magistrados consideran que si siguieran el criterio del TC, España incumpliría sus obligaciones con la UE para luchar contra el fraude y las actividades ilegales que afecten a los intereses financieros de la Unión. En paralelo, censuran que el Constitucional “podría haber suplantado” la función del Supremo al pronunciarse sobre la parte objetiva de los delitos y usurparle las funciones como “máxima autoridad en la función de interpretar y aplicar” la ley.
La primera cuestión prejudicial planteada por la Audiencia a la justicia europea requiere la respuesta al interrogante sobre si considera que el Constitucional se ha extralimitado en la función de control que le corresponde. Los jueces subrayan que el tribunal de garantías, “no integrado en el Poder Judicial”, ha invadido los ámbitos reservados a la jurisdicción de jueces y tribunales con una interpretación alternativa de los elementos normativos de la prevaricación, la malversación, la valoración probatoria y el juicio de subsunción, cuestiones técnicas resueltas en principio por la Audiencia, ratificadas por el Supremo, y anuladas por el Constitucional. Y le pide al TJUE que arroje luz al respecto.
La segunda duda de la Audiencia pregunta sobre si las leyes presupuestarias andaluzas que renovaron año a año el sistema de pago de los ERE pudieron generar una situación “de desprotección del patrimonio público y una merma para el patrimonio del Estado”. Es decir, los jueces plantean al tribunal de Luxemburgo si las leyes autonómicas entre 2002 y 2009 quebraron el Tratado de la Unión Europea sobre la protección de los intereses financieros, así como la Carta de los derechos fundamentales de la UE y el reglamento del Consejo Europeo.
La tercera cuestión prejudicial cuestiona si dichas leyes andaluzas contradicen la normativa y jurisprudencia comunitarias, así como las exigencias internacionales de luchar contra la corrupción política, el fraude y la actividad ilegal que afecta a los intereses financieros de la Unión. En otras palabras, si los legisladores andaluces impidieron la prevención y combate de la corrupción al aprobar las normas que permitieron el sistema de pago de los ERE, además de la aplicación de “sanciones eficaces y disuasorias” para evitar las infracciones.
Por último, la Audiencia pregunta al TJUE si es legítimo que evite aplicar las sentencias del Constitucional, puesto que considera que convierte en “lícitas” las conductas de los políticos andaluces que evitaron todo control sobre los presupuestos. Los jueces resaltan en su última duda que la postura del TC contraviene las exigencias internacionales para luchar contra la corrupción y que esto perjudica “los intereses financieros de la Unión, el combate de la corrupción y la aplicación de sanciones eficaces y disuasorias contra la infracciones”.
Tras una larga instrucción de siete años y un juicio que se prolongó otro año, en 2019 la Audiencia sevillana enjuició el caso ERE y condenó a Chaves y Griñán y 17 ex altos cargos socialistas por prevaricación y malversación; en 2022 el Tribunal Supremo ratificó su tesis con otra sentencia condenatoria; y el pasado año el Tribunal Constitucional (TC) rebajó las condenas de manera notoria y ordenó a la Audiencia de Sevilla que reformulara sus sentencias anuladas, para adecuarlas a su criterio. Pero los jueces de la Audiencia se saltaron el guión y tras pedirlo el PP como acusación particular, rechazaron la orden del Constitucional y optaron por abrir el cauce para que la justicia europea decida.
La rebelión de la Audiencia de Sevilla comenzó hace cuatro meses y aunque en principio pareció que el Constitucional le impediría elevar el caso a la justicia europea, finalmente el órgano de garantías dejó vía libre a la Audiencia. Este martes los magistrados echan la pelota del complejo caso a los magistrados europeos, que tardarán probablemente años en pronunciarse sobre una investigación que surgió en 2011.
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