El Tribunal de Estrasburgo avala el archivo por la justicia española del caso de Couso, asesinado en Irak
La Corte de Derechos Humanos sentencian que el carpetazo judicial a la investigación sobre la muerte del cámara de televisión no vulneró el derecho de la familia a un juicio justo


El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha avalado este jueves el archivo, por parte de la justicia española, de la muerte en Bagdad del cámara José Couso por disparos de militares estadounidenses durante la invasión de Irak en 2003. Los jueces, de forma unánime, han desestimado la demandas de David Couso, uno de los hermanos del videoperiodista, contra España por archivar el caso —tras 11 años de instrucción abierta en la Audiencia Nacional y en la que se había procesado a tres militares de EE UU— debido a la reforma impulsada por el PP para restringir la justicia universal. Consideran que no se vulneró el derecho a la familia a tener un juicio justo.
El tribunal de Estrasburgo (TEDH) considera “legítimas” las razones con las que se ha justificado esa reforma (entre otras el riesgo de saturación de la justicia y las dificultades para obtener pruebas en este tipo de casos). La sentencia se puede recurrir. La familia Couso no ha aclarado aun si lo hará, pero si que seguirán trabajando para que se cambien los criterios de competencia del Estado español sobre crímenes internacionales. “Hemos recibido con tristeza, pero sin ninguna sorpresa, la sentencia del TEDH sobre el caso Couso. A nadie se le escapa que vivimos tiempos de absoluto desprestigio del Derecho Internacional Humanitario, y la sentencia dictada hoy por el TEDH es hija de estos tiempos”, ha declarado en un comunicado dicho la cooperativa Red Jurídica, que lleva la defensa de la familia.
Los jueces de Estrasburgo concluyen que no ha habido nada “arbitrario” ni “manifiestamente irrazonable” en el hecho de que los tribunales españoles limitaran el litigio únicamente a los casos en los que existiese un vínculo “suficiente” con España.
“El Tribunal observa que en 2015 la reforma legislativa que restringió la competencia de los tribunales españoles en tales casos llevó a una decisión de desestimar el caso sin más acciones”, dicen. “La nueva redacción de la ley significaba, en particular, que la competencia de los tribunales españoles estaba sujeta a la presencia física en España de los soldados americanos acusados de haber matado al hermano del demandante”, siguen los jueces, que destacan que la justicia española llevó a cabo una “investigación penal muy cuidadosa” y que, en cualquier caso, no habría sido posible celebrar un juicio porque las autoridades estadounidenses no habrían entregado a los militares acusados y la ley española no autorizaba sentencias en rebeldía.
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