Una ley orgánica disolverá las asociaciones franquistas
El Gobierno pospuso su liquidación para no complicar la Ley de la Memoria


La ilegalización de las asociaciones que hagan “apología del franquismo, ensalcen el golpe de Estado y la dictadura o enaltezcan a sus dirigentes, con menosprecio y humillación de la dignidad” de sus víctimas, tendrá que seguir esperando. La Ley de la Memoria Democrática, que el pasado jueves aprobó el pleno del Congreso, da un plazo de un año al Gobierno para promover la modificación de la Ley del Derecho de Asociación de 2002 e incluir esta nueva causa de disolución. Fuentes gubernamentales admiten que la prohibición podría haberse incluido en el texto mediante una disposición que modificara la ley de 2002, pero ello podría haber complicado la propia aprobación de la Ley de la Memoria, ya de por sí bastante accidentada.
En efecto, la Ley de la Memoria es ordinaria, por lo que su aprobación solo requiere mayoría simple (más síes que noes), mientras que la norma que regula el derecho de asociación es orgánica y necesita mayoría absoluta (la mitad más uno de los votos). Con la votación que obtuvo la ley en el Congreso (173 síes, 159 noes y 14 abstenciones), la reforma de la Ley del Derecho de Asociación no habría salido adelante. Las mismas fuentes señalan que no será necesario esperar un año para acometer la reforma: bastará con colgarla de ley orgánica en tramitación que guarde parentesco con el tema.
Mientras, la Ley de la Memoria concede a la Administración instrumentos suficientes para disolver la más conocida de las asociaciones apologéticas de la dictadura: la Fundación Francisco Franco. Una disposición adicional del proyecto encarga al Protectorado, un organismo del Ministerio de Cultura responsable de tutelar a las fundaciones, la tarea de instar judicialmente “la extinción de aquellas que hagan apología del franquismo o enaltezcan a sus dirigentes, con humillación de sus víctimas”. En ese caso, precisa, el juez podría suspender cautelarmente las actividades de la fundación hasta que se dicte sentencia.
Los redactores de la Ley de la Memoria prevén que la Fundación Francisco Franco se resista a la liquidación y, por eso, una disposición de la misma modifica la ley de Fundaciones de 2002 para advertir de que, en el caso de que el patronato (que actualmente preside Luis Alfonso de Borbón y Martínez-Bordiú, bisnieto del dictador) no ejecutase la liquidación ordenada por el juez, el Protectorado (es decir, el Ministerio de Cultura) podrá darle un plazo no inferior a un mes para que proceda a la misma. Si transcurrido dicho plazo, el patronato no ejecutase la liquidación o se opusiera expresamente a realizarla, el Patronato pedirá al juez que nombre a un liquidador para que la haga.
Una de las disposiciones de la Ley de la Memoria Democrática subraya, además, que “los archivos y documentación del gobierno de la dictadura, en particular del jefe del Estado, que se encuentren en poder de entidades privadas o personas físicas, se incorporarán, una vez superados los trámites legales, al Centro Documental de la Memoria Histórica [con sede en Salamanca] o al archivo del organismo público que se determine”. Mientras tanto, la ley garantiza “el derecho al acceso libre, gratuito y universal a los archivos públicos y privados”, sobre la guerra civil y la dictadura, que se consideran parte del “patrimonio documental”. El archivo personal del dictador sigue bajo custodia de la Fundación Francisco Franco; entre cuyos fines figuran los de “exaltar su vida como modelo de virtudes, enaltecer su figura y preservar su legado”.
La prohibición de las asociaciones y fundaciones franquistas supondrá un cambio profundo en la legislación española que, hasta ahora, solo proscribía las “asociaciones secretas o paramilitares” y aquellas otras que “persigan fines o utilicen medios tipificados como delito”.
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