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Ofrecido porLa Ley

Un juzgado de Móstoles obliga a Mapfre a pagar sin depreciación los extras asegurados de un coche tuneado de más de 20 años que fue robado

La sentencia protege al asegurado y rechaza que los accesorios incluidos en la póliza se devalúen por la antigüedad del vehículo

robo coche

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Móstoles ha dictado una sentencia que sienta un precedente relevante en materia de seguros de automóviles. El fallo obliga a la compañía aseguradora Mapfre España a abonar a un asegurado 6.449,45 euros, más intereses y costas, en concepto de indemnización por el robo de su vehículo y los accesorios adicionales declarados en la póliza (consulte el texto de la sentencia aquí).

El litigio se inició después de que el titular del vehículo robado, representado por Legalion Abogados, rechazara la oferta de la aseguradora, que pretendía fijar la compensación en 4.003 euros, tras aplicar la misma depreciación tanto al coche como a los elementos instalados con posterioridad.

El caso gira en torno a un Volkswagen Golf GTI Edición Especial, matriculado en 2002, al que su propietario había añadido en 2021 una serie de accesorios —paragolpes, suspensión, taloneras, alerón, asientos y llantas— expresamente declarados en la póliza. El vehículo fue sustraído en agosto de 2023 y recuperado meses después en condiciones irreparables, por las que fue declarado en estado siniestro total.

Diferentes valoraciones

El origen del pleito estuvo en cómo valorar esos accesorios adicionales incluidos en la póliza apenas dos años antes de la sustracción del vehículo. El demandante encargó un informe pericial que cifró el valor de mercado del coche en 4.499 euros, a los que sumó 1.950 euros por los extras declarados, a los que no aplicó ninguna depreciación. En total, reclamaba 6.449,45 euros.

Mapfre, en cambio, sostuvo que debía aplicarse una depreciación proporcional a la antigüedad del vehículo también a los accesorios, reduciendo la indemnización a 2.900 euros de valor de mercado básico o, en el mejor de los casos, 4.003 euros.

El juzgado ha rechazado este planteamiento y ha considerado que, al estar expresamente recogidos y valorados en la póliza, los accesorios deben indemnizarse conforme a lo pactado. Para la abogada de Legalion Abogados que ha llevado el caso, Diana Barroso, “la sentencia es relevante en tanto que determina que, en caso de que el vehículo siniestrado lleve un elemento adicional declarado en la póliza, deberá ser indemnizado conforme al valor acreditado en el momento de su inclusión en la póliza si así lo determina el condicionado”.

Sin depreciación

La aseguradora alegaba que reconocer el valor íntegro de las piezas supondría un enriquecimiento injusto para el asegurado. Un argumento que el juez ha rechazado. De hecho, en su resolución sostiene que, si la póliza amplía la cobertura a la sustracción de accesorios, estos no pueden ser ignorados ni depreciados automáticamente, aunque el vehículo tenga más de veinte años de antigüedad.

En este punto, la sentencia subraya que la valoración efectuada por el perito del propietario del vehículo es la que mejor refleja la realidad del daño sufrido. Así, se reconoce tanto el valor de mercado del vehículo —ajustado por su menor kilometraje a pesar de su antigüedad— como los accesorios incorporados y declarados en el contrato con la entidad aseguradora.

Para Barroso, el criterio judicial supone un importante aviso al sector asegurador. “Se niega a la aseguradora la depreciación pretendida conforme a la fecha de matriculación del vehículo, lo cual no sería correcto, pues los elementos adicionales fueron instalados en una fecha muy posterior”, recalca.

En opinión de la letrada, el fallo protege a los asegurados frente a interpretaciones restrictivas de las pólizas. “Esta resolución supone un importante respaldo judicial a la necesidad de respetar las condiciones pactadas y los valores expresamente declarados en el contrato de seguro”, concluye.

Es más, en la sentencia se recuerda que el artículo 37 de la póliza recogía expresamente que, en caso de pérdida total, el asegurado tendría derecho a ser compensado por el valor de mercado del vehículo inmediatamente anterior al siniestro. Asimismo, el contrato incluía una cláusula específica de declaración y tasación de accesorios.

En consecuencia, la sentencia no solo corrige la infravaloración de la aseguradora, sino que sienta un precedente en cuanto al tratamiento de los elementos adicionales en los contratos de seguro. De manera que, si se han declarado y valorado al suscribir la póliza, no se les debe aplicar una depreciación ajena a su fecha de instalación.

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