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Las pensiones por incapacidad permanente se disparan un 8% en un año por un cambio normativo

El Ministerio de Seguridad Social señala que la modificación “solo tiene efectos estadísticos” y que no supone el abono de más prestaciones

Colegio de Médicos intrusismo Cataluña
Gorka R. Pérez

El aumento de las incapacidades temporales (IT) es un mal que afecta tanto a las cuentas públicas del Estado, como a las empresas privadas. El auge de las bajas laborales está también detrás del incremento del absentismo, un fenómeno que para este año supondrá un coste de 32.800 millones de euros, según cálculos de la patronal CEOE, que denuncia que las empresas deberán sufragar 16.000 millones, la mitad del total. Sin embargo, a la par de la subida de las IT también se está gestando otra de dimensiones similares: la de las incapacidades permanentes, cuyas consecuencias económicas son igualmente preocupantes. De acuerdo con los registros del Ministerio de Seguridad Social, entre enero de 2024 y junio de 2025 este tipo de pensión se ha disparado un 8,45%, de 945.530 a 1.025.446.

Según señala el departamento que dirige Elma Saiz, una de las explicaciones detrás de este aumento tiene que ver con un cambio de criterio que “únicamente tiene efectos estadísticos”. Este se refiere a la modificación que entró en vigor en abril del año pasado, y que aumentaba la edad para la conversión de los pensionistas con una incapacidad permanente a pensionistas de jubilación derivada de incapacidad permanente de 65 años a 66 años y seis meses. Este retraso hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación supone, según una fuente ministerial, que haya aumentado el stock de personas, de ahí que “la bolsa crezca todos los meses porque aumentan las personas de esa edad”, en referencia al progresivo envejecimiento poblacional que está afectando especialmente a España.

Las estadísticas que registran el número de pensiones que la Seguridad Social abona mensualmente evidencian que la entrada en vigor de ese retraso en la edad ha alterado sintomáticamente el registro total. Mientras que entre 2015 y 2023 las cifras habían orbitado alrededor de las 950.000 pensiones, la media del año siguiente se colocó más cerca del millón: pasó de 945.976 a 995.503, un 5% más. Desde abril de 2024, la cuantía ha ido creciendo un punto porcentual aproximadamente cada dos meses, hasta alcanzar una subida interanual en junio del 6,7%.

Pese al incremento, fuentes del departamento de Elma Saiz señalan que este “no tiene implicaciones de gasto”, y que se trata de “una mera cuestión administrativa y estadística”. Justifican esta lectura en el hecho de que aunque parezca que hay más pensiones de incapacidad permanente, no es porque haya más personas nuevas, sino porque las que ya estaba se quedan más tiempo en la lista.

Mariano Sanz, secretario confederal de salud laboral de CC OO, apunta a otro motivo detrás de este fenómeno. “Desde la pandemia de covid se viene produciendo un atasco en los tribunales de valoración y es posible que una dotación mayor de recursos les haya permitido resolver muchos de los expedientes que estaban pendientes”, señala Sanz, que también recuerda que desde la Seguridad Social se trabaja en homogeneizar criterios para facilitar una gestión más rápida.

El representante de CC OO también recalca que junto con el auge de las incapacidades temporales, también se está produciendo “un aumento significativo de la prevalencia de patologías con más de 365 días de baja”. Un momento determinante en el procedimiento médico, puesto que es al cumplir un año cuando tanto la sanidad pública como las mutuas solicitan al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que evalúe la situación del trabajador y le conceda o no la incapacidad permanente. Una prestación que ya correría a cargo de la Seguridad Social y no de las propias mutualidades.

Patricia Ruiz, secretaria confederal de Salud Laboral de UGT, considera que ningún cambio normativo puede generar semejante aumento. “Desde el INSS nos dicen que hay más procesos, pero menos concesiones de incapacidad permanente”, señala.

Nuevo reglamento

El aumento de las bajas es un problema que por primera vez el Ministerio de Trabajo ha estado dispuesto a abordar. Abrió las puertas a incorporar sistemas internos en las empresas que lo combatieran durante la negociación sobre la reducción de jornada con la patronal para tratar de convencerles. Al salirse finalmente del acuerdo, la propuesta se desvaneció.

Al tiempo en el que se producían los últimos coletazos de esta negociación, el Ministerio de Seguridad Social aprobó un nuevo reglamento en el que daba cabida a más profesiones que pudieran acogerse a coeficientes reductores y adelantar la edad de jubilación sin penalización. Una fórmula para beneficiar a aquellos trabajadores que se desempeñan en profesiones penosas, y que, por esas condiciones particulares, son quienes más bajas laborales acumulan.

Además de la modificación referente la edad de acceso a la jubilación por incapacidad permanente, el Ministerio de Trabajo, en mayo de este año, aprobó una modificación del Estatuto de los Trabajadores para eliminar como causa automática de extinción de contrato el reconocimiento de la incapacidad permanente, ya sea total, absoluta o de gran invalidez. Con la nueva norma, el trabajador decidirá voluntariamente si desea la extinción del contrato o prefiere que la empresa le adapte el puesto para continuar trabajando o le busque uno nuevo, siempre que esto no suponga un coste excesivo.

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Sobre la firma

Gorka R. Pérez
Es redactor de la sección de Economía y está especializado en temas laborales. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS. Antes trabajó en Cadena Ser. Es licenciado en Periodismo por la Universidad del País Vasco y Máster en Información Económica de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
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