La CNMV multa a una entidad británica por venta en corto en Bankia
La sancionada es York Capital Management Advisors por sus operaciones en la ampliación de capital que llevó a cabo la entidad en mayo de 2013
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha impuesto una multa de 100.000 euros a la sociedad británica York Capital Management (UK) Advisors por realizar ventas al descubierto en la ampliación de capital que llevó a cabo Bankia en mayo de 2013 con motivo del canje de instrumentos híbridos. La resolución del supervisor, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), impone a la sociedad dicha sanción por la comisión de una infracción muy grave consistente en realizar ventas en corto descubiertas de acciones de Bankia, prohibidas en España.
Esta sanción es firme en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Esta multa se suma a las ya impuestas a Libertyship Capital y a Sonia Anglés Minguell por valor de 6.000 y 500 euros, respectivamente.
La CNMV pidió a Iberclear información sobre la evolución en Bolsa de Bankia desde el 15 de mayo de 2013 con el fin de analizar qué ocurrió en las jornadas del 23, 24 y 27 de mayo, cuando se negoció un volumen irregular de acciones. Antes de que la ampliación se materializara, el día 23 de mayo se negociaron 29 millones de acciones, el día 24 un total de 32 millones de títulos y el 27 de mayo un total de 34 millones de acciones.
Las ventas a corto descubiertas son aquellas que se realizan sin la previa disponibilidad de los valores en préstamo o propiedad. Desde el año 2010, la CNMV exige que se le comunique toda posición corta sobre cualquier valor cotizado español que exceda el 0,2% del capital social y hace públicas las que superen del 0,5% del capital.
La toma de posiciones cortas es una operativa bursátil que utilizan los inversores cuando prevén que el mercado va a bajar o está sujeto a mucha volatilidad. En líneas generales, consiste en pedir prestadas acciones de una entidad a cambio de un alquiler con la intención de venderlas y posteriormente recomprarlas más baratas. El precio obtenido por la venta de los títulos compensaría con creces el alquiler y la posterior compra.
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