Competencia avala la Ley de Unidad de Mercado pero pide que aclare que protege

La Comisión Nacional de Competencia (CNC) valora el propósito de la futura Ley de Unidad de Mercado, acabar con las barreras y el coste que supone la fragmentación normativa en España, pero aprecia "falta de claridad" sobre si persigue proteger el interés general o los derechos de las empresas.
En su informe sobre el Anteproyecto de Ley de Unidad de Mercado, el Consejo de la CNC afirma que la protección del interés general debe vertebrar la totalidad de la norma y que todos los instrumentos presentes en ella se adecúen al mismo.
"Una confusión de este ámbito con la garantía de los derechos de los particulares puede originar que los mecanismos previstos no estén adecuadamente diseñados para los fines a que deben servir y no resulten efectivos", advierten desde Competencia.
La nueva normativa, cuyo anteproyecto fue aprobado por el Gobierno el 25 de enero, permitirá a empresas y profesionales ofrecer sus productos o servicios en toda España con una única licencia, lo que se estima que aumentará anualmente el PIB en 1.500 millones en sus primeros diez años.
En su informe, el Consejo de la CNC destaca que la norma "indica pretender", con pleno respeto a autonomías y ayuntamientos, un entorno más favorable a la competencia y a la inversión por parte de las empresas, en favor de la creación de empleo y en beneficio último de los consumidores y usuarios.
El organismo recuerda que, en repetidas ocasiones, ha advertido de la gravedad que para la competencia suponen determinadas restricciones a la unidad de mercado, pues pueden originar cargas innecesarias o desproporcionadas para las empresas y desincentivar la entrada de nuevos operadores o la permanencia en España de los existentes.
"Cualquier iniciativa que pretenda garantizar, o al menos promover, que los operadores económicos puedan desarrollar su actividad en la totalidad del territorio nacional, eliminando, reduciendo o evitando la introducción de condiciones innecesarias o desproporcionadas para ello, merece una valoración favorable por parte de esta Autoridad de competencia", añade el documento.
Además, Competencia valora que el anteproyecto extienda su ámbito más allá de los servicios incluidos en la Directiva de Servicios y la Ley Paraguas de acceso y ejercicio de las actividades de servicios.
En cuanto a los mecanismos de protección, avala que se apueste por potenciar el carácter "prospectivo y disuasorio", pues no es deseable un aumento de la conflictividad jurídica que pueda impactar sobre la predictibilidad del marco regulatorio y dificultar la actividad económica, aunque destaca la "complejidad" del marco instaurado.
Por otra parte, ve conveniente que la futura Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) tenga legitimación activa para impugnar disposiciones y actuaciones contrarios a la unidad de mercado.
No obstante, Competencia considera que se debe garantizar la independencia de la CNMC, tanto de los operadores como de las resoluciones dictadas por la Secretaría del Consejo de Unidad de Mercado.
Según consta en el anteproyecto, la CNMC podrá solicitar en su escrito de interposición la suspensión de la disposición, acto o resolución que considere oportuno impugnar. La suspensión se producirá de forma automática, una vez admitido el recurso.
Por su parte, la Administración cuya actuación se haya recurrido podrá solicitar el levantamiento de la suspensión en el plazo de tres meses desde su adopción, "siempre que acredite que de su mantenimiento pudiera seguirse una perturbación grave de los intereses generales".
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