Sortu no estará en las elecciones tras rechazar el Supremo su recurso de nulidad
La Sala Especial del artículo 61 del Tribunal Supremo decidió por unanimidad en la tarde de ayer no admitir el incidente de nulidad de actuaciones presentado por los abogados de Sortu contra el auto que había rechazado su inscripción como partido político. A Sortu le queda aún la posibilidad de recurrir ante el Constitucional, pero casi con seguridad la resolución sobre ese recurso no llegará antes de las elecciones del 22-M, así que Sortu no podrá concurrir a ellas.
El pasado 23 de marzo, el Supremo acordó, por una exigua mayoría de nueve votos frente a siete, denegar la inscripción de la formación abertzale en el Registro de Partidos Políticos por entender que era sucesora de Batasuna. Contra esta resolución, los abogados de Sortu plantearon un incidente de nulidad de actuaciones en el que insistían en la "sinceridad" de la izquierda abertzale en su ruptura con la violencia de ETA. La Sala del 61 examinó ayer este incidente y decidió, por unanimidad y en apenas hora y media, no admitirlo a trámite. Según fuentes del Supremo, los magistrados justifican la inadmisión en que las cuestiones planteadas por los letrados Iñigo Iruin y Adolfo Araiz ya estaban resueltas en el auto que rechazó la inscripción de Sortu como partido, por lo que no procede declarar su nulidad.
El abogado de Sortu Iñigo Iruin comentó a EL PAÍS que no entendía cómo el Supremo podía decir que las cuestiones planteadas ya estaban resueltas cuando el auto "no cita ni una sola vez los artículos 6 y 22 de la Constitución relativos al derecho de asociación y el derecho a la creación de partidos políticos", omisiones que él puso de relieve en el recurso. Aunque el Supremo siempre rechaza este tipo de incidentes, "había que intentarlo", añadió.
Iruin anunció que recurrirá en amparo al Constitucional. Pero este ya no tiene margen para pronunciarse antes del 18 de abril, fecha límite para presentar candidaturas. En consecuencia, Sortu no concurrirá a las elecciones del 22 de mayo porque, al tener una tramitación ordinaria, el recurso tardará meses en ser resuelto.
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