Garzón cita las escuchas del 'caso Marta del Castillo' para recurrir su imputación
El juez Baltasar Garzón ha apelado ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo la sistemática denegación de pruebas en el caso que instruye contra él -por las escuchas a los abogados de la red Gürtel- el juez Alberto Jorge Barreiro. Garzón ha recordado que en casos como el del narco Pablo Vioque y en el de la desaparición de Marta del Castillo se intervinieron comunicaciones de los imputados con sus letrados, igual que él hizo con los imputados y letrados del caso Gürtel, y que en ninguno de esos casos se han producido consecuencias tan graves como las que podría sufrir él ahora.
El recurso, firmado por el abogado Francisco Baena, recuerda que en su último auto el instructor Barreiro dijo que no conocía ningún caso, "ni de referencias", en el que un juez hubiese ordenado escuchar conversaciones de presos con sus letrados. Por el contrario, la defensa de Garzón subraya que gracias a las intervenciones en el caso Vioque se descubrió el intento de asesinato, dirigido desde la cárcel por el narcotraficante preso Pablo Vioque, contra el entonces fiscal jefe antidroga Javier Zaragoza.
Más recientemente, prosigue, la prensa ha divulgado las intervenciones acordadas en el denominado caso Marta del Castillo llevadas a cabo en los locutorios de la prisión entre presuntos partícipes y sus abogados, "al parecer con la finalidad de conocer el paradero del cadáver de la víctima". También menciona las intervenciones de comunicaciones de imputados en el caso Palma-Arena, que afectaron a las celebradas con sus letrados, y añade que en ninguno de estos supuestos las decisiones de los instructores tuvieron consecuencias tan graves.
El abogado Francisco Baena reitera que el juez Barreiro apoya todas sus decisiones en la "errónea" afirmación de que Garzón ordenó grabar las conversaciones de tres imputados con sus letrados. El letrado reitera que lo que Garzón ordenó grabar fueron las conversaciones de los cabecillas de la red Gürtel "con cualquier persona", y precisó que se excluyesen del procedimiento "las conversaciones que pudieran afectar a la estrategia de defensa con la finalidad de prevenir y proteger el derecho de defensa". En suma, los afectados por las escuchas eran los imputados en prisión, "nunca los abogados". Y lo hizo porque, según todos los indicios, los cabecillas de la trama pretendían continuar y agotar sus delitos "a través de enlaces exteriores, fueran o no abogados, cuando menos desde la hipótesis de una instrumentalización o utilización de los mismos".
El abogado se queja de la "crispada incomprensión" del juez Barreiro y señala que su exigencia de que deberían haber existido "indicios previos" contra los abogados antes de ordenar las escuchas "compromete seriamente el principio de legalidad" y "resulta carente de rigor y huérfano de todo fundamento". La defensa agrega que Garzón no buscaba investigar a los abogados, y no entenderlo así significa incurrir en "censurables conjeturas y sospechas" contra él. Concluye que a Barreiro le sobra todo lo que no sea que Garzón ordenó las escuchas sin tener indicios contra los letrados.

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