Torpe provocación
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha señalado para el 8 de enero, -pocas semanas antes de las elecciones autonómicas- la vista oral del estrafalario proceso penal incoado contra cinco jefes de Batasuna -acusados de haber desobedecido la sentencia del Supremo ilegalizadora del partido- y contra el lehendakari Ibarretxe y los socialistas Patxi López y Rodolfo Ares por haberles prestado la colaboración necesaria para cometer el delito. La comparecencia de Zapatero y Aznar como testigos animará todavía más el festejo. La explicación más persuasiva de ese inoportuno calendario es una torpe provocación del TSJPV.
La interposición de la querella inicial por el Foro Ermua (cuya subordinación al ala más dura del PP quedó en evidencia tras las recientes expulsiones de Buesa y Ezkerra) mostró el carácter político-partidista de una maniobra instrumentalizadora del Poder Judicial que no ha sido secundada por la fiscalía. Los supuestos crímenes perpetrados por Ibarretxe y López al fotografiarse y hablar con Otegi y sus compañeros de Batasuna el 19 de abril y el 6 de julio de 2006 tuvieron lugar después de que ETA anunciase en falso una tregua y el Gobierno creyera erróneamente cumplidas las condiciones para negociar la paz con la banda terrorista exigidas por el Congreso el 17 de mayo de 2005. El Foro Ermua dio el pretexto para la broma pesada de que se abriera la instrucción de una causa penal imaginaria, transformada en un proceso kafkiano fronterizo con la prevaricación cuando el TSJPV ignoró la doctrina establecida por el auto del Supremo de 13 de noviembre de 2006 al inadmitir una querella de naturaleza gemela contra el presidente Zapatero por haber autorizado la reunión de Patxi López con Otegi.
El Tribunal Superior del País Vasco abre juicio penal contra Ibarretxe en vísperas de las elecciones autonómicas
El Supremo estableció la primacía del principio democrático encarnado en el control parlamentario de la dirección política reservada al Gobierno por el artículo 97 de la Constitución; el empleo de la acción penal para ese objetivo sería un fraude constitucional. Según el TSJPV, la querella inadmitida por el Supremo no era exactamente idéntica a la instruida en su sede; el principio democrático, sin embargo, ampara también a los Parlamentos autonómicos. El equilibrio de la división de poderes no es interferido sólo por el Legislativo y por el Ejecutivo: el comportamiento del TSJPV prueba que el fantasma de un ilegítimo gobierno de los jueces acecha igualmente los castillos constitucionales.
El lehendakari sólo lleva las de ganar con esta tosca provocación. El victimismo que colorea la bandera de Ibarretxe movilizará a sus seguidores durante la campaña electoral irresponsablemente abierta el 8 de enero por el TSJPV. Si Ibarretxe fuese declarado culpable, las anteriores resoluciones judiciales adversas -con razón o sin ella- al nacionalismo quedarían también retrospectivamente deslegitimadas. Y si resultase absuelto, el fallo sería presentado como una victoria arrebatada por el Pueblo Vasco a un Poder Judicial hostil. -
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