Arrendamiento
Constituye el arrendamiento financiero de edificaciones una modalidad contractual con doble incidencia a efectos del IVA, por una parte respecto de su devengo, pues el mismo se produce durante la vigencia del contrato a medida que sea exigible cada una de sus percepciones, al considerarse como una operación de tracto sucesivo, y por otra en cuanto a aplicación de la exención que la normativa del impuesto establece para las segundas o ulteriores transmisiones de edificaciones, al excluirse de la misma a la posterior transmisión del inmueble arrendado como consecuencia del ejercicio de la opción de compra. Pudiendo, a este respecto, plantearse las consecuencias que sobre ambas cuestiones tendría un eventual adelanto del ejercicio de dicha opción de compra.
En cuanto al devengo, el efecto sería evidente, pues al producirse la transmisión del inmueble se devengaría el impuesto por todo el importe del contrato que reste por pagar, lo que tendría igualmente lugar cuando el arrendatario hubiese adquirido, en su caso, el compromiso de ejercitar la opción, al equipararse al propio ejercicio de la misma.
Por lo que se refiere a la exclusión de la exención la cuestión se circunscribe a la naturaleza de la operación realizada, pues, como ha puesto de relieve el Tribunal Económico-Administrativo Central, la normativa específica que regula este tipo de contratos establece unos plazos de duración mínimos y la posibilidad de ejercitar la opción de compra al término del contrato, estableciendo así el momento en el que procede su ejercicio, por lo que un ejercicio anticipado de la opción de compra no debe considerarse inherente a este tipo de contrato. En su consecuencia, al no poder considerarse por su cancelación anticipada como un contrato de arrendamiento financiero, por no cumplirse los requisitos legales del mismo, la adquisición del inmueble por el arrendatario mediante el ejercicio anticipado de la opción de compra no estaría excluida de la exención en el IVA por segunda o ulterior transmisión de edificaciones, lo que supone que resultaría gravada por transmisiones patrimoniales.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
Últimas noticias
Zelenski confirma que cualquier pacto con Rusia deberá ser ratificado en referéndum
María Corina Machado denuncia amenazas de “ejecuciones extrajudiciales” a presos políticos en Venezuela
Feijóo remite a la jueza sus ‘whatsapps’ con Mazón el día de la dana y pide declarar por vía telemática
El abogado de Sijena ofrece un acto de conciliación al director del MNAC, pero exige su dimisión
Lo más visto
- El líder groenlandés responde a Trump: “Groenlandia es nuestro país. Nuestras decisiones se toman aquí”
- La revalorización de las pensiones queda en el aire por la negativa de la derecha a apoyar otras medidas sociales
- Comprobar Lotería de Navidad 2025: consulta la lista de números premiados
- El PP de Almeida vota en contra de dedicarle a Robe Iniesta un centro juvenil porque antes quiere hablarlo con su familia
- La cúpula de Vox votó por unanimidad la destitución de Javier Ortega Smith




























































