Dos sindicatos piden al Estado que proteja los derechos de los docentes de religión
"No comprendemos cómo un Estado de derecho y de libertades como el español ampara actitudes de este corte". Lo dice el presidente de la Federación Estatal de Profesores de Enseñanza Religiosa (Feper), Rafael Ramírez Santana, comentando la sentencia del Juzgado de lo Social 7 de Las Palmas que condenó hace una semana al Obispado de Canarias por "comportamiento claramente vejatorio, ofensivo e impertinente" con un profesor de religión.
En las últimas semanas se han producido dos sentencias que descalifican la situación laboral de los profesores de religión en la escuela pública, impuesta por los obispos y que el Congreso de los Diputados se propone reformar en la Ley Orgánica de Educación (LOE). El primero de los fallos judiciales es este del juzgado de lo social canario, que condena a la Iglesia católica a indemnizar con 3.000 euros al profesor Martín Domingo Suárez Quesada por daños a su honor. Pero, además, el Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que obliga al Gobierno de Alberto Ruiz-Gallardón a indemnizar a los docentes de religión cada final de curso con la cantidad de ocho días de trabajo por año trabajado, independientemente de que los obispos vuelvan a proponerlos para la misma función en el ejercicio siguiente.
Este pleito fue promovido por la Unión Sindical Independiente de Trabajadores-Empleados Públicos, cuyo secretario general, Alfredo Sublevada, subrayó ayer la coincidencia del fallo del Supremo con el acuerdo del Congreso para que los profesores de religión tengan a partir de la entrada en vigor de la LEO los mismo derechos y deberes que el resto, es decir, los reglados por el Estatuto de Trabajadores "accediendo a los destinos mediante criterios de igualdad, mérito y capacidad". "Aún no estando plenamente satisfechos por la ambigüedad de estos términos, desde USTE-E no podemos negar que se ha avanzado en el camino correcto", advirtió Sublevada.
"Contratos basura"
Lo que los legisladores pretenden, introduciendo esta reforma en la LEO, es que se acaben los pleitos entre docentes de religión y episcopado católico, y que las diferentes Administraciones autonómicas queden liberadas de las consecuencias de estos conflictos como responsables finales incluso de las cuantiosas indemnizaciones que deben satisfacerse. Desde 1998 quien contrata y paga a estos docentes es el Estado, pero los selecciona y propone cada diócesis al comienzo de cada curso escolar.
Rafael Ramírez, que además de presidente de FEPER es delegado del comité de empresa de la Confederación Canaria de Trabajadores, hizo recuento ayer de los pleitos pendientes por esta peculiar reglamentación laboral. Suman decenas, entre ellas 12 cuestiones de inconstitucionalidad presentadas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ante el Constitucional y cinco demandas ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.
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