El TSJ confirma la pena de 4 años para el policía que mató al futbolista Sebas
El abogado de la familia de Sebastián Gómez presentó recurso contra la sentencia que fijó en cuatro años de prisión la pena a Pablo Santos, policía nacional que mató a su hijo el 26 de agosto de 2001 en la playa del Gurugú de Castellón. Pero sus argumentos de posible vulneración del derecho a la defensa de los intereses de la víctima -lo que sustentó en la no admisión de pruebas que entendía fundamentales- y de vulneración en la tutela judicial -por razones formales en la elección del jurado y en la elaboración del objeto del veredicto- no han prosperado. Tampoco las razones por las que la defensa del agente policial también recurrió el fallo, pidiendo que se rebajara la pena. La sala de Lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha rechazado ambos recursos y confirma el fallo inicial. Pablo Santos, a pesar de tener una condena de cuatro años, está en libertad porque, según explicó su abogado, no supone amenaza alguna, tiene domicilio conocido, ha colaborado con la justicia y sus movimientos están perfectamente controlados por el juez.
En la madrugada del 26 de agosto de 2001, Sebastián Gómez, conocido como Sebas, jugador de fútbol en el equipo del Vila-real, acudió a uno de los bares de copas al aire libre en la playa del Gurugú de Castellón, El Natural. Sobre las 5.00 se marchó a la arena con una chica con la que estuvo, según el fallo "en actitud cariñosa". Poco después, se giró y vio a su lado a Pablo Santos, con los genitales fuera. Sebas le increpó, le empujó, y según la sentencia, le golpeó en la cara. Santos, que no se encontraba de servicio, sacó la pistola que llevaba y disparó varias veces, al menos tres balas impactaron mortalmente en el cuerpo de Sebas. Después de lo ocurrido, Santos arrojó el arma al mar, se marchó a casa, lavó las ropas que llevaba y llamó dos horas después a la comisaría. El tribunal aceptó la versión de Santos, en la que dijo que se fue a orinar a la orilla y ni siquiera se dio cuenta de que a su lado había una pareja. El tribunal del jurado aplicó la legítima defensa y la atenuante de confesión. El TSJ lo ha confirmado.
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