"Nuestra función no es dictar sentencias ejemplares"
Pedro Martín García (Madrid 1947) es el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona y el ponente de la sentencia absolutoria de la empresa en la que trabajaba el albañil Enrique Pociños. Lleva 30 años en la carrera judicial y desde su fundación pertenece a la Asociación Francisco de Vitoria, equidistante de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura y de la progresista Jueces para la Democracia.
Pregunta. ¿Qué opina del revuelo que ha causado la sentencia?
Respuesta. Sin estar en el juicio y sin conocer las actuaciones no se puede hacer una valoración. Y menos sin haber leído la sentencia. Se hace un mal servicio a la ciudadanía y se pervierte el legítimo derecho a la crítica de los tribunales. Ésta es una de los cientos de sentencias que dictas a lo largo del año que te dejan con muy mal sabor de boca durante mucho tiempo, pero que no tienes más remedio que dictar. A este tribunal no le tiembla la mano para condenar cuando hay que condenar, ni para absolver cuando hay que absolver.
P. Uno de los reproches unánimes que se le hacen es que el tribunal culpe al albañil de lo ocurrido y obvie la precariedad y las condiciones de trabajo del sector la construcción, incluso la amenaza de despido al perjudicado.
R. Los tribunales de justicia somos como santo Tomás. O metemos la mano en la llaga de Cristo o no nos creemos que haya resucitado. Sería diferente si se hubiera probado en el juicio ese ambiente de precariedad, esa tensión, ese abuso de los encargados. Contra el acusado no se puede suponer nada. La sentencia se dicta con las pruebas que se traen.
El tribunal no discute que hubo una infracción de normas de seguridad, pero nadie acusó por eso, sino por lesiones. El albañil no se cayó porque asumió voluntariamente la orden recibida, sino porque no reparó en la forma de realizar el trabajo. Si hubieran ido a la vía civil, esto no habría pasado y el trabajador habría ganado la sentencia de calle.
P. Da la sensación de que el tribunal sólo tiene en cuenta la ley y es insensible al entorno social.
R. Nuestra función no es dictar sentencias ejemplares ni vengadoras, sino sentencias justas. Hemos hecho lo que nos dictaba nuestra conciencia y lo que creíamos que teníamos que hacer. Insisto en que se eligió la vía penal, que se basa en que para poder condenar a una persona tiene que ser culpable. La empresa infringió normas elementales, pero el accidente se produjo por la forma y manera en la que el trabajador llevó a cabo la obra. Y esto es así de lamentable y triste.
P. En la primera sentencia se impuso una pena mínima de cárcel a los acusados, que no comportaba su ingreso en prisión, y una cuantiosa indemnización que permitía al afectado afrontar su futuro tras quedar tetrapléjico ¿No le parece una buena solución?
R. Hay jueces que sostienen la tesis de que da igual condenar a penas simbólicas de cárcel porque se resuelve el problema si se abona una responsabilidad civil cuantiosa. Yo no comparto ese criterio. En cualquier caso, esta sentencia es la número 665 que hemos dictado este año. Las otras 664 no crearon ninguna polémica. En el peor de los casos podría decirse que el margen de error ha sido de 0,0 no sé cuántos por ciento.
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