La Audiencia de Valencia solicita que se despenalice la insumisión
La sección tercera de la Audiencia de Valencia se ha unido al sector del poder judicial que defiende el cese de la persecución legal de la insumisión. Ese tribunal, en un fallo sin precedentes en la Comunidad Valenciana, pide a los legisladores, después de condenar a un encausado por este delito en aplicación de la ley, que despenalice la insumisión. Los magistrados han solicitado el indulto para el procesado.
Castigo desproporcionado
Un portavoz del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana asegura que la sentencia, hecha pública ayer, es novedosa incluso a nivel estatal. En cualquier caso, sus responsables, los magistrados José Presencia, Regina Marrades y José Luis Vera, éste último, redactor del fallo, se han unido al movimiento doctrinal que propugna la desaparición de un figura delictiva que, ahora, a las puertas de la profesionalización del Ejército, carece de sentido.La legislación "no puede sostener el mantenimiento de un tipo penal sobre un supuesto interés del Estado que la propia ley reconoce como inexistente", apunta el fallo. Es decir, una vez el parlamento aprobó la Ley 17/99 que fija la profesionalización total del Ejército en el 2002, y por tanto la desaparición del reclutamiento forzoso, el castigo a la insumisión ha "perdido virtualidad y vigencia".
Por ello, los magistrados recurren a la posibilidad de acudir al Gobierno para solicitar que estudie la "posibilidad de emprender un proceso de reforma legal" en el que "debiera despenalizarse" la insumisión. Y lo hace teniendo en cuenta, entre otras cosas, la situación personal del procesado. Éste, José Manuel C. R., de 29 años, es profesor de la Universidad de Valencia y carece de antecedentes penales. En consecuencia, el castigo que le impone el tribunal, cuatro años de inhabilitación "en estricta aplicación del tipo penal en vigor", "parece excesivo". La inhabilitación implica la imposibilidad de trabajar para cualquier Administración pública o recibir ayudas de éstas
Excesivo, ya "que le impediría el trabajo en la Universidad y en otros centros públicos docentes o de investigación, le impediría acceder a becas y/o subvenciones" e incluso "le impediría de una forma muy sustancial el propio ejercicio de su derecho como trabajador, incluso el derecho a la educación en una situación donde el Parlamento ya ha decidido que el servicio militar no es obligatorio".En atención a estas y otras razones, la sección tercera de la Audiencia considera la ejecución de la pena, establecida por sus componentes, "absolutamente desproporcionada con la realidad social, cultural y legal que en la actualidad existe".
En este punto, el ponente de la sentencia recuerda un reciente fallo del Tribunal Supremo, relativo a otro caso de insumisión, en el que alto tribunal recuerda que el mismo "ordenamiento jurídico arbitra medios para evitar fines perversos que pudieran derivarse del cumplimiento de la ley". La sección tercera de la Audiencia, acudiendo a esos medios, actúa en dos ámbitos: solicitando al Gobierno la ya mencionada derogación y pidiendo, en idéntica instancia, el indulto para José Manuel C.R., el procesado al que se ha visto obligada a condenar.
"Una vez sea firme la sentencia remítase al Ministerio de Justicia la solicitud de indulto, con suspensión de la ejecución de la pena mientras no se resuelva el indulto, pues de ser ejecutada la sentencia, la finalidad de ésta pudiera resultar ilusoria", establece el magistrado Vera en el fallo.
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