La juez rechaza los recursos de Gómez de Liaño y Sitges dirigidos a evitar el banquillo junto a Conde
La juez Teresa Palacios, titular del Juzgado número 3 de la Audiencia Nacional, desestimó en un auto notificado ayer los recursos de reforma de Mariano Gómez de Liaño y Francisco Javier Sitges, contra la decisión de concluir las diligencias adoptadas por ella el 6 de octubre. La juez estima "inciertas" informaciones contenidas en los recursos y subraya el "atrevimiento" de ambos imputados. Éstos buscaban evitar, como mínimo, sentarse en el banquillo junto a Mario Conde y otros 10 acusados en el juicio del caso Banesto, cuyo comienzo está previsto el 1 de diciembre.
La juez señala, antes de pasar a los fundamentos jurídicos, que la llamada pieza Gómez de Liañol Sitges se refiere a unos hechos concretos: las operaciones de Isolux y Promociones Hoteleras. Ambas han sido calificadas como presuntas estafas. Afirma que "es de todo punto rechazable por incierta la alegación relativa al desconocimiento de los hechos que a los recurrentes, señor Gómez de Liaño y señor Sitges, se les atribuye". Ambós dicen ignorar los hechos que de los que se les acusaban y subrayaban que sólo habían dispuesto de siete días para hacer uso de su derecho de defensa."Al menos", dice la juez, "tomando como punto de partida el día y hora en que comparecieron en calidad de imputados y se les puso de manifiesto aquellos hechos que, para el caso de que lo sigan negando, del contenido del interrogatorio que desde el juzgado y seguidamente a instancia de las partes presentes en dicho acto se les formuló debían conocer absolutamente la atribución de índole penal que se les hacía". Las declaraciones de Gómez de Liaño y de Sitges fueron los días 10 y 11 de marzo de 1997.
La juez añade que "nada les ha obstaculizado desde esa fecha para iniciar, si así lo hubieran entendido conveniente, el ejercicio del legítimo y constitucional derecho de defensa, con lo- que el atrevimiento de indicar como instante inicial de cómputo procesal para hacer uso de ese derecho en los últimos siete días según refieren, es cuestión de pura táctica de defensa pero ajena al principio de contradicción y de igualdad de armas que ha quedado preservado".
El auto recuerda que existían elementos para concluir las diligencias y no se trataba de "aquietamos en espera" de la comisión rogatoria procedente de Suiza, una de las razones alegadas por Gómez de Liaño y Sitges, para oponerse a la citada terminación de las diligencias. La juez recuerda que la comisión rogatoria -contiene la declaración del abogado suizo Paolo Gallone- ha llegado al juzgado y se está traduciendo.
Tanto el fiscal como las acusaciones se habían opuesto al recurso. Según los escritos, ambos conocían los hechos de los que se le acusa ya que comparecieron a declarar como imputados. En el caso Mariano Gómez de Liaño, asistió a Conde como letrado hasta febrero de 1996, prestó declaración como testigo el 19 de enero de 1995 y participó en la elaboración de gran parte de los recursos presentados por el ex banquero y varios acusados en la instrucción del caso Banesto. La desestimación del recurso puede ser apelada mediante un recurso de queja ante la sala de lo Penal de la Audiencia, trámite que no paraliza el procedimiento.
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