Locales comerciales y VPO

El alquiler de locales recibirá un tratamiento legal distinto en la futura ley de arrendamientos urbanos, sobre todo los que están sujetos a rentas congeladas. Para su adaptación al nuevo mercado, el último anteproyecto de ley recoge dos alternativas.La primera es dar por finalizado el contrato en un plazo comprendido entre dos y siete años. La segunda opción consiste en actualizar el precio del alquiler en un plazo máximo de cinco años, lo cual conllevaría la prórroga del contrato hasta 20 años.
El retraso en la aprobación de la ley de arrendamientos urbanos ha provocado cierta inquietud entre las grandes empresas inmobiliarias españolas, puesto que tienen una gran parte de sus activos sujetos a alquiler, principalmente locales con rentas congeladas.
La reacción de este conjunto de compañías (Vallehermoso, Metrovacesa, Prima Inmobiliaria, entre otras) ha sido agruparse en un lobby (grupo de presión) y poner su frente a un conocido abogado y ex diputado conservador, Óscar Alzaga.
La futura ley de arrendamientos urbanos será aprovechada para introducir modificaciones en las normas que regulan las Viviendas de Protección Oficial (VPO). La innovación más destacada es que las viviendas protegidas podrán ser vendidas a precios de mercado, es decir muy por encima de los topes establecidos hasta ahora por la legislación vigente. Ahora bien, cualquier propietario que efectúe esta venta deberá devolver las subvenciones que le concedió en su día la Administración para la adquisición de su residencia.
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