El Estado recurrirá el fallo que devuelve la empresa Ficis a Ruiz-Mateos
La actual Rumasa, a través de la abogacía del Estado, recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la cual se reconoce la reversión a la familia Ruiz-Mateos de la empresa Ficis, SA, una de las sociedades del holding Rumasa, que fue expropiada y adquirida por la entidad BASF Española, SA en 1984 por 19 millones de pesetas.
Los abogados de Ruiz-Mateos tienen interpuestas 74 demandas similares, en las que se pide la reversión de otras tantas sociedades a la familia del empresario jerezano. Según estos abogados, unas 15 de las 74 demandas podrían estar resueltas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en breve plazo, debido a la antigüedad de los autos. Ficis, SA, de Barcelona, empresa de tintas para artes gráficas, era uno de los patrimonios o activos de Rumasa que fue expropiado. El Estado argumentó en los procedimientos judiciales la ausencia del derecho de reversión que ahora reconocen de forma unánime los cinco magistrados que componen la Sección Segunda, presidida por Luis Manuel López Mora.Entre estas 15 empresas figuran el Banco Atlántico, Galerías Preciados, Cementos Porland, Mantequerías Leonesas y varias sociedades de seguros, vinos y hoteles. El Estado recurrirá el fallo -pronunciado el pasado día 14- ante el Tribunal Supremo dentro de los plazos establecidos (cinco días a partir de la fecha en que fue dictada la sentencia). Según fuentes jurídicas del Estado existen "errores de bulto" en la sentencia, como es la aplicación de una legislación de 1987, cuando la empresa Ficis se había vendido en 1984.
Según las mismas fuentes, el derecho de reversión tendría que ir al Estado y no al propietario antiguo de la compañía, la familia Ruiz-Mateos. Según los abogados de Ruiz-Mateos, de la sentencia se desprende que se han violado las normas de contratación pública en las ventas de las empresas de Rumasa. Los letrados señalaron que este criterio se sostiene ante el Tribunal de Cuentas y el Supremo.
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