Un acusado del asalto al cuartel de Berga, en libertad con fianza
Miquel Cura Morera, uno de los acusados del asalto al cuartel de Berga (Barcelona), que se encontraba en rebeldía, quedó ayer en libertad provisional, bajo fianza de 500.000 pesetas, después de presentarse voluntariamente en el Juzgado de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional y prestar declaración.Cura Morera está acogido a las medidas de reinserción social en la lista que negociaron Juan María Bandrés y Juan José Rosón cuando éste era ministro del Interior. Tras presentarse en el juzgado, con su abogado Manuel Barrenechea, escuchó la lectura del auto de procesamiento, en el que se le acusa de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno y de intento de asalto al Batallón Cataluña IV, en Berga.
El hasta entonces rebelde cruzó el jueves por la tarde la frontera por Irún, junto con el abogado Barrenechea, y ayer por la mañana llegó por tren a Madrid. El regreso se ha producido tras entrar en vigor, el 1 de este mes, el nuevo Código de Justicia Militar, por lo que este caso lo resolverá la jurisdicción ordinaria y no la militar.
El intento de asalto al cuartel de Berga se produjo el 16 de noviembre de 1980 y se acusó del hecho a una docena de personas, a las que se consideraba miembros de la organización terrorista ETA y a una de ellas independentista catalán.
Una vez iniciada la acción, con la intención de apoderarse de unos 150 fusiles cetme, el intento de asalto fracasó cuando un centinela dio la voz de alarma. Poco después fueron detenidos los presuntos participantes en el hecho.
Un consejo de guerra celebrado en Lérida condenó el 1 de mayo de 1984 a ocho personas a penas que iban de ocho a 41 años de cárcel. El Consejo Supremo de Justicia Militar confirmó la sentencia el 27 de febrero del pasado año, por estimar que en el caso de siete recurrentes en casación no hubo indefensión.
El 29 de abril de este año el Tribunal Constitucional acordó no admitir a trámite el recurso de amparo presentado por esos siete condenados, por entender que la inadmisión de determinadas pruebas por parte del consejo de guerra en que fueron condenados no vulneró sus derechos constitucionales, ni se violó el principio de igualdad ante la ley.
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