La campaña comenzará el 31 de mayo
EL PAÍS, El Boletín Oficial del Estado publicó ayer el real decreto que regula la disolución de las Cortes y la convocatoria de las elecciones legislativas del 22 de junio. El real decreto fijalos límites de la campaña electoral, el número de diputados a elegir y la fecha de constitución de las nuevas Cámaras. El real decreto dice textualmente:
"Artículo 1. Quedan disueltos el Congreso de los Diputados y el Senado elegidos el día 28 de octubre de 1982.
Artículo 3. Se refiere al número de diputados que corresponde a cada provincia en las condiciones indicadas más adelante.
Artículo 4. La campaña durará 21 días, comenzando a las cero horas del sábado 31 de mayo y finalizando a las 24 horas del viernes 20 de junio.
Artículo 5. Celebradas las elecciones convocadas por el presente real decreto, las Cámaras resultantes se reunirán para sus respectivas sesiones constitutivas, el martes 15 de julio de 1986 a las 10 horas.
El artículo 6 se refiere a la aplicación a todo este proceso de la ley del régimen electoral general de 1985 y disposiciones adicionales.
Como en las Cortes anteriores, la Cámara de los diputados estará compuesta por 350 diputados distribuidos por provincias en la forma siguiente: 32 corresponde a Madrid y otros tantos a Barcelona; 18 a Valencia; 12 a Sevilla; 10 a Alicante y Vizcaya; 9 a Asturias, Cádiz, La Coruña y Málaga; 8 a Murcia, Pontevedra y Zaragoza; 7 a Córdoba, Granada, Guipúzcoa y Las Palmas; 6 a Badajoz, Baleares, Jaén y Santa Cruz de Tenerife; 5 a Almería, Cáceres, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Gerona, Huelva. León, Lugo, Navarra, Orense, Tarragona, Toledo y Valladolid también tendrán 5 diputados; cuatro Álava, Albacete, Burgos, Lérida, La Rioja, Salamanca y Zamora; tres Avila, Cuenca, Guadalajara, Jaén, Palencia, Segovia, Soria y Teruel; uno Ceuta y Melilla.
En relación con las anteriores Cortes, ganan un diputado Alicante, Cádiz, Madrid, Málaga, Las Palmas y Valencia y pierden uno Asturias, Badajoz, Cuenca, Jaén, León y Santa Cruz de Tenerife.
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