Declarado legal el tributo de radicación en Castellón
Dos sentencias de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Territorial de Valencia, con fecha 18 de febrero, han declarado legal el impuesto de radicación aplicado en Castellón, tributo que han de pagar los comerciantes y profesionales establecidos en la ciudad. Hace unos días, la Audiencia Provincial de Valencia declaró contraria a derecho la regulación del cobro de ese mismo tributo en la capital de la Comunidad Valenciana, si bien se refería a las diversas tarifas empleadas en distintas calles -para las que se tomó la distribución aplicada en la tasa de basuras- y se ceñía al año 1979 y el primer trimestre de 1980 (ver EL PAIS del miércoles).El impuesto fue recurrido en Castellón por la Cámara de Comercio y diversos empresarios, al entender que se producía una doble imposición por el hecho de aplicar sobre una misma actividad ese tributo y otros como la licencia fiscal y la contribución urbana.
En un primer caso, el Tribunal Económico Administrativo de la provincia falló en contra del Ayuntamiento. Tras el recurso del Ayuntamiento, la Audiencia ha fallado a su favor.
Castellón ingresa en concepto de impuesto de radicación alrededor de 30 millones de pesetas anuales, que ya se estaban cobrando y que no tendrán que devolverse ahora.
No obstante, tanto el alcalde, el socialista Antonio Tirado, como el primer teniente de alcalde, José Luis Villamarín, han manifestado en varias ocasiones que el Ayuntamiento tiene intención de retirar este impuesto.
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