Sentencia recurrida
La sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya que absolvió a nueve mujeres acusadas de prácticas abortivas, constituyó una innovación jurídica por la reinterpretación de la eximente del estado de necesidad y el tratamiento que dio a la teoría del delito imposible.
Era la primera vez que un tribunal español entendía como circunstancias determinantes del estado de necesidad la angustiosa situación de penuria económica, la prohibición de los anticonceptivos, falta de las más mínimas condiciones asistenciales, inexistencia de una formación en materia de sexualidad y anticonceptivos, bajo nivel cultural, nula conciencia de la supuesta ilicitud de tales prácticas, y la evidencia de que esas prácticas no están prohibidas cruzando la frontera.
La Audiencia de Vizcaya absolvió a seis de las procesadas por considerar que no existían pruebas de su embarazo en el momento de someterse al aborto. De esta forma se aplicó también por primera vez para casos de aborto la teoría del delito imposible.
La sentencia señalaba que sería como "el apoderamiento de una cosa propia creyéndola ajena, tráfico de sustancias inocuas suponiéndolas estupefacientes, etcétera".
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