Servicios que los deben garantizar municipios a sus vecinos
El anteproyecto de ley reguladora de bases de régimen local establece en su artículo 25 que en todos los municipios deben garantizarse a los vecinos los servicios siguientes: alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, pavimentación de vías públicas y sanidad y urgencia.En los municipios con población superior a 5.000 habitantes, el municipio garantizará, además: parque público, biblioteca pública, mercado y tratamiento de residuos.
Cuando la población de un municipio sea superior a 20.000 habitantes, se asegurarán también: protección civil, asistencia a la infancia y tercera edad, planificación familiar, prevención y extinción de incendios, instalaciones deportivas de uso público y matadero.
En el caso de que el municipio cuente con una población superior a 50.000 habitantes, se garantizarán otros servicios, tales como transporte urbano, protección del medio ambiente y control de alimentos y bebidas.
"Las leyes de las comunidades autónomas de desarrollo de esta ley pueden alterar los servicios mínimos citados, siempre que, por las características peculiares de los municipios de sus respectivos territorios, la exigencia a los mismos de establecimiento y prestación de determinados servicios sea de imposible o muy difícil cumplimiento".
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