Ir al contenido
_
_
_
_

Los contratados de la Administración podrán cobrar seguro de desempleo

Los funcionarios de empleo y los contratados temporales de la Administración podrán ser beneficiarios del seguro de desempleo, según un real decreto publicado el pasado lunes en el Boletín Oficial del Estado, que entrará en vigor a partir del próximo 1 de junio. Con esta disposición se equipara a estos colectivos en lo referente a prestaciones por desempleo con el resto de los trabajadores.El Real Decreto 1167/ 1983 dispone en su artículo único que los funcionarios de empleo y el personal contratado de colaboración temporal en régimen de derecho administrativo de las Administraciones públicas, sujetos al régimen general de la Seguridad Social, quedan incluidos en la acción protectora por desempleo establecida en la Ley Básica de Empleo y en las normas reglamentarias que la desarrollan".

La situación legal de desempleo se acreditará mediante la certificación de la terminación de los servicios que viniera prestando por parte de la Administración pública correspondiente.Los ministerios de Presidencia, Economía y Hacienda, y Trabajo y Seguridad Social arbitrarán las normas para el desarrollo de las normas previstas en este real decreto.

Archivado En

_
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_