El Consejo de Ministros aprobara hoy el reglamento de la ley de Seguros Agrarios
El reglamento para el desarrollo de la ley de Seguros Agrarios Combinados, dictaminado ya favorablemente por el Consejo de Estado, será presentado hoy para su aprobación al Consejo de Ministros.En la disposición se definen los riesgos y correspondientes seguros pecuarios y forestales, así como los mecanismos de contratación del seguro; se concreta también la intervención de los agentes de seguros, quienes deberán disponer de la organización adecuada, para que sea posible la suscripción del seguro en todos los pueblos de España.
Se regula en la disposición todo lo relativo a las entidades aseguradoras, que han de asumir el riesgo de los seguros agrarios, las cuales habrán de agruparse en una sola entidad con personalidad jurídica y que represente a todas las aseguradoras para la contratación de los seguros.
Queda definida en el reglamento la actuación de la Dirección General de Seguros y del Consorcio de Compensación de Seguros, dedicándose todo un capítulo a la personalidad, competencia y funciones de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, que se crea como organismo autónomo de la Administración del Estado para todas las actividades vinculadas a los seguros agrarios. Los agricuItores podrán participar en los temas del seguro, interviniendo sus organizaciones en la comisión estatal de la nueva entidad. Según establece el reglamento, el seguro es voluntario para el agricultor o ganadero, pero obligatorio para el asegurador. La contratación de los seguros se realizará por años naturales o campañas, adaptándose siempre a las peculiaridades de cada producción. El agricultor puede actuar como su propio perito tasador.
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