Contradicciones básicas entre la Constitución y el Concordato
El texto del proyecto constitucional, dado a conocer recientemente, comprende una serie de materias que se enfrentan con varios apartados del Concordato en vigor. El compromiso que el Estado español tiene contraído con la Santa Sede se halla en proceso de revisión actualmente. Uno de los aspectos más difíciles de negociar para lograr un nuevo acuerdo entre ambas partes se refiere a la docencia.En el Concordato se dice que «la Iglesia podrá ejercer libremente el derecho que le compete, según el canon 1.375 del Código de Derecho Canónico, de organizar y dirigir escuelas públicas de cualquier orden y grado, incluso para seglares».
El proyecto de Constitución del Estado español señala que «se reconoce a las personas físicas y Jurídicas la libertad de establecer y dirigir centros docentes dentro del respeto a los principios constitucionales».
En cuanto a la enseñanza de la religión, se afirmaba en el Concordato que la citada enseñanza debía ajustarse en todos los centros docentes, estatales o no estatales, a los principios del dogma y de la moral de la lglesia católica.
En el proyecto constitucional se garantiza el derecho de los padres a exigir para sus hijos la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Al mismo tiempo, el Estado garantizaría la enseñanza de la religión católica como materia ordinaria y obligatoria en todos los centros docentes, de carácter estatal o privado, de cualquier orden o tirado.
Según fuentes eclesiásticas consultadas por Efe, agencia que ha recopilado estas comparaciones entre ambos textos es preciso advertir que en el Concordato vigente se contemplan temas específicamente relacionados con la religión católica, mientras que en el proyecto de Constitución se contempla el Estado en todos sus aspectos jurídicos fundamentales.
La confesionalidad del Estado y la indisolubilidad del matrimonio son otros aspectos que enfrentan el Concordato con la futura Constitución.
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